Reclamación por ocultación de siniestro grave y solicitud de resolución contractual
Naturaleza del problema:
Daños en el cocheTu reclamación
A. S.
A: FLEXICAR
El día 17 de octubre de 2024 adquirí en el concesionario indicado un vehículo financiado por importe total de 25.540 €, con 65.000 km en el momento de la compra. Recientemente he tenido conocimiento de que el vehículo presenta un siniestro previo grave en la parte delantera (frontal izquierda y derecha), con un coste estimado de reparación de entre 8.000 y 9.000 €, circunstancia que no me fue comunicada en el momento de la compra ni consta en el contrato de compraventa. En el momento de la adquisición, el vehículo fue vendido como revisado y en buen estado, sin advertencia alguna sobre daños estructurales o siniestros de relevancia. Actualmente el vehículo tiene 99.800 km, habiendo recorrido 34.800 km desde la compra. He intentado resolver la situación de forma amistosa mediante correos electrónicos, WhatsApp y burofax, sin obtener una solución satisfactoria.
Mensajes (5)
FLEXICAR
A: A. S.
Estimados señores, En relación con la reclamación presentada ante la OCU respecto al vehículo Volkswagen Polo GTI matrícula 4194 KTY, reiteramos la respuesta que ya le fue comunicada previamente tras la revisión detallada del expediente y del historial completo del vehículo. Tal y como le informamos en su momento, en la fecha de la venta no constaba ningún daño ni incidencia registrada sobre el vehículo. En consecuencia, no se ocultó información alguna durante la transacción, realizándose la compraventa con total transparencia y conforme a los datos disponibles en ese momento. Asimismo, el siniestro fue incorporado al informe Carfax con fecha 29/01/2026, es decir, con posterioridad a la formalización de la compraventa. Por tanto, dicha circunstancia no constaba ni podía ser conocida en la fecha de entrega del vehículo. Por todo lo anterior, y tal y como ya le habíamos comunicado, no procede la resolución del contrato ni la devolución de las cantidades abonadas, dado que el vehículo fue entregado conforme a lo pactado y sin la existencia de vicios ocultos en el momento de la venta. Igualmente, le recordamos que el vehículo se encuentra fuera del período de garantía desde el 17/10/2025. Saludos cordiales Clientes Flexicar Dpto. Calidad clientes@flexicar.esflexicar.es Av. de Tenerife, 2, 28703 S.S. Reyes, Madrid Este mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es Flexicar Internacional, S.L., con NIF B09758327. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico a gdpr@flexicar.es o bien en la dirección: Av. Tenerife 2, Complejo Empresarial Marpe, Planta 3ª. 28703 SS Reyes, Madrid.
A. S.
A: FLEXICAR
Estimados señores, En relación con su respuesta a mi reclamación ante la OCU respecto al vehículo Volkswagen Polo GTI matrícula 4194 KTY, manifiesto lo siguiente: GARANTÍA LEGAL VIGENTE El vehículo fue adquirido en octubre de 2024 como consumidora a profesional, por lo que resulta de aplicación el Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). Conforme al artículo 120 y siguientes de dicha norma, la garantía legal en ventas entre profesional y consumidor es de DOS AÑOS desde la entrega del bien. Por tanto, la garantía legal del vehículo permanece vigente hasta octubre de 2026. Además, aboné expresamente una garantía premium de dos años, circunstancia que refuerza aún más mis derechos como compradora. La afirmación contenida en su escrito indicando que el vehículo se encuentra fuera de garantía desde el 17/10/2025 carece de fundamento legal en relación con la garantía legal obligatoria. EXISTENCIA DE VICIO OCULTO El hecho de que el siniestro no constara en Carfax en la fecha de la compraventa no elimina la existencia material del accidente ocurrido en abril de 2024, con anterioridad a que ustedes adquirieran y posteriormente vendieran el vehículo. Conforme a los artículos 1484 y siguientes del Código Civil, el vendedor responde por los defectos ocultos que tuviera la cosa vendida, aunque los ignorase, siempre que dichos defectos existieran en el momento de la venta y afecten al uso o valor del bien. El accidente es un hecho objetivo anterior a la venta. Si los daños actuales del vehículo son consecuencia de dicho siniestro, estaríamos ante un supuesto claro de falta de conformidad y/o vicio oculto preexistente, con independencia de que dicha información no constara en una base de datos externa en ese momento. DERECHO DE LA COMPRADORA En caso de acreditarse la existencia de daños derivados del accidente previo, la legislación vigente me ampara para optar entre: – Resolución del contrato con devolución de las cantidades abonadas. – Reducción proporcional del precio. – Reparación completa del vehículo sin coste alguno. – Indemnización de daños y perjuicios en caso de concurrir mala fe. VOLUNTAD DE RESOLUCIÓN AMISTOSA Mi intención sigue siendo alcanzar una solución amistosa y proporcional. No obstante, me reservo expresamente el ejercicio de cuantas acciones legales me asistan en defensa de mis derechos si no se ofrece una solución conforme a Derecho. Quedo a la espera de una respuesta adecuada a la normativa aplicable. Atentamente,
FLEXICAR
A: A. S.
Estimados señores, En relación con la reclamación presentada ante la OCU respecto al vehículo Volkswagen Polo GTI matrícula 4194 KTY, reiteramos la respuesta que ya le fue comunicada previamente tras la revisión detallada del expediente y del historial completo del vehículo. Tal y como le informamos en su momento, en la fecha de la venta no constaba ningún daño ni incidencia registrada sobre el vehículo. En consecuencia, no se ocultó información alguna durante la transacción, realizándose la compraventa con total transparencia y conforme a los datos disponibles en ese momento. Asimismo, el siniestro fue incorporado al informe Carfax con fecha 29/01/2026, es decir, con posterioridad a la formalización de la compraventa. Por tanto, dicha circunstancia no constaba ni podía ser conocida en la fecha de entrega del vehículo. Por todo lo anterior, y tal y como ya le habíamos comunicado, no procede la resolución del contrato ni la devolución de las cantidades abonadas, dado que el vehículo fue entregado conforme a lo pactado y sin la existencia de vicios ocultos en el momento de la venta. Igualmente, le recordamos que el vehículo se encuentra fuera del período de garantía desde el 17/10/2025. Saludos cordiales Clientes Flexicar Dpto. Calidad clientes@flexicar.esflexicar.es Av. de Tenerife, 2, 28703 S.S. Reyes, Madrid Este mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es Flexicar Internacional, S.L., con NIF B09758327. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico a gdpr@flexicar.es o bien en la dirección: Av. Tenerife 2, Complejo Empresarial Marpe, Planta 3ª. 28703 SS Reyes, Madrid. El lun, 2 mar 2026 a las 12:45, reclamar@ocu.org escribió:
A. S.
A: FLEXICAR
Estimados señores, Su respuesta vuelve a basarse en la fecha de incorporación del siniestro en Carfax (29/01/2026), dato que es jurídicamente irrelevante. Lo determinante es que el accidente ocurrió en abril de 2024, antes de la compraventa realizada en octubre de 2024. Si los daños actuales derivan de ese siniestro, el defecto ya existía en el momento de la venta. Conforme al artículo 1484 del Código Civil, el vendedor responde por los vicios ocultos aunque los ignorase. La falta de constancia en una base de datos privada no elimina la existencia material del daño ni su carácter preexistente. Asimismo, la garantía legal en venta de profesional a consumidor es de DOS AÑOS desde la entrega (RDL 1/2007), por lo que permanece vigente hasta octubre de 2026, con independencia de cualquier otra garantía comercial. Se está procediendo a la elaboración de informe pericial independiente. En caso de confirmarse la relación entre el siniestro previo y los defectos actuales, ejerceré las acciones legales correspondientes sin más comunicación previa. Quedo a la espera de una solución conforme a Derecho. Atentamente, Ainhoa Sanchis
FLEXICAR
A: A. S.
Estimados señores, En relación con la reclamación presentada ante la OCU respecto al vehículo Volkswagen Polo GTI matrícula 4194 KTY, reiteramos la respuesta que ya le fue comunicada previamente tras la revisión detallada del expediente y del historial completo del vehículo. Tal y como le informamos en su momento, en la fecha de la venta no constaba ningún daño ni incidencia registrada sobre el vehículo. En consecuencia, no se ocultó información alguna durante la transacción, realizándose la compraventa con total transparencia y conforme a los datos disponibles en ese momento. Asimismo, el siniestro fue incorporado al informe Carfax con fecha 29/01/2026, es decir, con posterioridad a la formalización de la compraventa. Por tanto, dicha circunstancia no constaba ni podía ser conocida en la fecha de entrega del vehículo. Por todo lo anterior, y tal y como ya le habíamos comunicado, no procede la resolución del contrato ni la devolución de las cantidades abonadas, dado que el vehículo fue entregado conforme a lo pactado y sin la existencia de vicios ocultos en el momento de la venta. Igualmente, le recordamos que el vehículo se encuentra fuera del período de garantía desde el 17/10/2025. Saludos cordiales Clientes Flexicar Dpto. Calidad clientes@flexicar.esflexicar.es Este mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es Flexicar Internacional, S.L., con NIF B09758327. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico a gdpr@flexicar.es o bien en la dirección: Av. Tenerife 2, Complejo Empresarial Marpe, Planta 3ª. 28703 SS Reyes, Madrid. El mar, 3 mar 2026 a las 17:30, reclamar@ocu.org escribió:
¿Necesitas ayuda?
El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.
Información para empresas
Información para consumidores
