Estimados/as señores/as:
Me pongo en contacto con ustedes porque el día 11 de junio, les envié a través del correo electrónico de contacto la siguiente reclamación:
"Me pongo en contacto con ustedes en relación con mi asistencia al Festival de Les Arts celebrado en Valencia los días 5 y 6 de junio.
He recibido la comunicación en la que se informa de la devolución de la parte proporcional correspondiente a la jornada del sábado 6 de junio, cancelada por la organización. No obstante, considero que la incidencia sufrida durante la jornada del viernes 5 de junio también justifica la devolución íntegra del importe abonado por la entrada.
Durante gran parte de los conciertos celebrados ese día, el volumen del sonido fue manifiestamente insuficiente, hasta el punto de que resultaba muy difícil seguir las actuaciones y disfrutar de las mismas en condiciones mínimamente adecuadas. La calidad del sonido constituye un elemento esencial de cualquier festival de música, y las deficiencias observadas afectaron de manera significativa a la experiencia.
Entiendo que pueden producirse incidencias técnicas puntuales, pero en este caso el problema fue persistente y tuvo un impacto directo sobre el disfrute del evento. Como consumidora, considero que el servicio prestado no se correspondió con las condiciones razonablemente esperables de un festival de estas características ni con aquello por lo que aboné mi entrada.
Por todo ello, solicité un reembolso íntegro del importe de mis entradas a los responsables del Festival de les Arts, a través de: info@festivaldelesarts.com,ticketing@saincidencias.com, pero me han indicado que cualquier incidencia no relacionada con la garantía de devolución, ha de ser remitida a esta dirección.
Quedo a la espera de su respuesta y agradezco de antemano la atención prestada a esta reclamación".
A lo que ustedes me contestaron esto "Gracias por ponerse en contacto con nosotros.
En primer lugar, lamentamos las molestias ocasionadas por la cancelación, debido a una decisión ajena a la organizadora, de la segunda jornada del Festival de Les Arts 2026 que estaba prevista para el sábado 6 de junio de 2026.
Tras analizar su solicitud de devolución íntegra del precio de la entrada, debemos informarle de que, conforme a la normativa autonómica aplicable a los espectáculos que se realicen en la Comunitat Valenciana, no es posible atender a la devolución total del abono cuando una de las dos jornadas del Festival de Les Arts 2026 se ha celebrado íntegramente según la programación de actuaciones y artistas que se había anunciado.
En particular, el artículo 253 del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, que desarrolla la Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos, establece que, si una suspensión se produce de manera sobrevenida una vez iniciado el espectáculo, la devolución del importe total de la entrada procederá únicamente cuando no haya transcurrido un tercio del tiempo previsto del espectáculo o actividad programados.
La anterior regla converge además con la normativa estatal general, concretamente con el artículo 58.b) del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que excluye el derecho del público en general a obtener la devolución del importe total de las localidades adquiridas cuando el espectáculo o actividad ya hubiese comenzado.
Aplicando dichas normas al caso del Festival de Les Arts 2026 se concluye que:
La primera jornada del viernes 5 de junio se celebró en su integridad según el programa de actuaciones y artistas anunciado. Considerando que el festival tenía una duración de dos días, al finalizar la primera jornada ya había transcurrido, por tanto, la mitad del tiempo previsto.
La segunda jornada del sábado 6 de junio fue cancelada antes de su inicio, motivo por el que estamos reembolsando el 100% de las entradas de día del sábado".
He eliminado la parte del mensaje que hacía referencia a cómo solicitar la devolución del sábado puesto que es algo que ya he hecho.
Como el argumento planteado no respondía a la reclamación realizada, el día 15 de junio les remití de nuevo el siguiente mensaje:
"He recibido su respuesta a mi reclamación y lamento comunicarles que sigo estoy en desacuerdo con ella. Las normativas que ustedes citan para justificar la negativa del reembolso del viernes 5 de junio (el artículo 253 del Decreto Autonómico 143/2015 y el artículo 58.b del Real Decreto 2816/1982) regulan exclusivamente los supuestos de suspensión o cancelación sobrevenida de un espectáculo una vez comenzado. Les aclaro que mi reclamación respecto a la jornada del viernes no se fundamenta en la suspensión del evento, sino en un cumplimiento defectuoso de la prestación contractual y en una flagrante falta de conformidad del servicio, amparada por el artículo 1101 del Código Civil y los artículos 114 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
El hecho de que los artistas subieran al escenario y se cumpliera el horario de forma cronológica no significa que el servicio se prestara en las condiciones mínimas y razonablemente exigibles. Un festival de música donde el volumen del sonido es insuficiente y deficiente desnaturaliza por completo el objeto del contrato, impidiendo el disfrute del evento por el que pagué. Las restricciones de sonido locales o los problemas técnicos son un riesgo empresarial que ustedes, como organizadores, deben prever y asumir, y en ningún caso es un perjuicio que deba soportar el consumidor. Por todo lo anterior, reitero mi solicitud de reembolso de la parte proporcional correspondiente a la jornada del viernes 5 de junio.
Asimismo, ante su negativa a resolver esta situación de forma amistosa, les solicito formalmente que me faciliten por esta misma vía la Hoja Oficial de Reclamaciones de la Comunitat Valenciana en formato digital o las instrucciones para su cumplimentación telemática, tal y como establece la normativa vigente en materia de Consumo".
En respuesta a esto, el 16 de junio, recibí exactamente el mismo mensaje que en el caso anterior, sin que se haga referencia a mi reclamación por la deficiencia en el servicio prestado, ni a la Hoja Oficial de Reclamaciones.
Por todo ello, SOLICITO que me sea devuelto el importe de las entradas del viernes, ya que aunque el cartel se mantuvo, la calidad del sonido era totalmente deficiente y por tanto no se ha prestado un servicio en condiciones.
Sin otro particular, atentamente.