**A LA ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS (OCU)**
**Asunto: Reclamación contra DIARIO EL PAÍS, S.L.U. por renovación automática de suscripción digital sin aviso previo, incremento de precio y negativa a reembolsar el cargo**
D. **Francisco Javier Serrano De La Cruz**, con correo electrónico **[casbervito@gmail.com](mailto:casbervito@gmail.com)**, presenta reclamación contra la empresa **DIARIO EL PAÍS, S.L.U.**, en relación con la renovación automática de una suscripción digital a EL PAÍS.
## EXPONE
**Primero.** Que en el año **2024** contraté a distancia una suscripción digital a EL PAÍS por un importe de **25 euros**, correspondiente a una duración de **dos años**.
**Segundo.** Que, una vez finalizado dicho periodo, el día **20 de junio de 2026** se realizó un cargo automático de **115 euros** por la renovación de la suscripción.
Este importe supone un incremento muy considerable respecto del precio inicialmente abonado, sin que recibiera previamente información clara e individualizada sobre el precio de la renovación.
**Tercero.** Que no recibí, antes de la renovación automática, ningún correo electrónico ni otra comunicación que me informara de forma clara y acreditable sobre:
* La proximidad de la renovación de la suscripción.
* El importe exacto que iba a cobrarse, esto es, 115 euros.
* El plazo o procedimiento para comunicar que no deseaba renovar.
* Las consecuencias de no solicitar la cancelación antes de la fecha de renovación.
**Cuarto.** Que, tras conocer el cargo efectuado el día 20 de junio de 2026, contacté con el servicio de atención al cliente de EL PAÍS para solicitar la cancelación de la suscripción y el reembolso íntegro del importe cobrado, manifestando expresamente mi voluntad de no continuar con el contrato renovado.
La empresa se negó a cancelar la suscripción y a devolver el importe, alegando únicamente su normativa o política interna.
**Quinto**Que la renovación se produjo el día 20 de junio de 2026 sin que recibiera, con la antelación legalmente exigible, información individualizada sobre la proximidad de la renovación, el precio aplicable de 115 euros, el plazo para comunicar mi voluntad de no renovar y las consecuencias de no solicitar la cancelación.
La Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela, modificó el artículo 97.1.p) del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Dicho precepto establece que, en los contratos de duración determinada sujetos a renovación, se debe informar al consumidor o usuario, con quince días de antelación y antes del vencimiento del plazo para comunicar la voluntad de no renovación, de dicho vencimiento y de las consecuencias de no comunicar la cancelación.
En mi caso no recibí ningún correo electrónico, aviso en mi cuenta de usuario, comunicación escrita ni otro medio acreditable que me permitiera conocer con antelación que la suscripción se renovaría automáticamente el 20 de junio de 2026 ni que se realizaría un cargo de 115 euros.
La falta de esta información previa me impidió adoptar una decisión informada y ejercer a tiempo mi derecho a no renovar la suscripción. Resulta especialmente relevante que el importe cobrado, 115 euros, es muy superior a los 25 euros abonados en 2024 por una suscripción de dos años.
Asimismo, tras conocer el cargo, solicité la cancelación y el reembolso, sin que la empresa ofreciera una solución efectiva ni acreditara haber cumplido con su obligación de información previa.
SOLICITA
Por todo lo expuesto, solicito a la OCU que admita y tramite esta reclamación y que, en su caso, intervenga ante DIARIO EL PAÍS, S.L.U. para que:
Declare improcedente la renovación automática realizada el 20 de junio de 2026, por haberse efectuado sin que se acreditara el aviso previo exigible sobre la renovación, el plazo para oponerse a ella y sus consecuencias.
Proceda a la cancelación inmediata de la suscripción digital, sin penalización ni nuevos cargos.
Reintegre íntegramente los 115 euros cobrados el 20 de junio de 2026.
Aporte prueba suficiente de la fecha, medio, contenido y recepción del supuesto aviso previo de renovación, así como de la información facilitada sobre el nuevo precio de 115 euros.
Explique por escrito las condiciones contractuales concretas que, según la empresa, justificaban el cargo automático y el incremento del precio desde los 25 euros abonados inicialmente por dos años hasta los 115 euros cobrados en la renovación.
De forma subsidiaria, y para el caso de que se considere aplicable, se valore también mi solicitud de desistimiento formulada inmediatamente tras conocer el cargo, al no haber disfrutado de forma efectiva del nuevo periodo de suscripción.
Adjunto o aportaré, en caso de ser necesario, justificante del cargo de 115 euros efectuado el 20 de junio de 2026, justificante o documentación de la contratación inicial de 2024 por 25 euros para dos años, historial de correos electrónicos y cualquier comunicación mantenida con el servicio de atención al cliente.
En Ciudad Real, a 22/06/26.
**Firmado:**
Francisco Javier Serrano De La Cruz
Correo electrónico: casbervito@gmail.com