He contratado con RYANAIR la realización de transporte en avión que a continuación se detalla:Lugar de la incidencia/embarque: Madrid/mallorcaNo de reserva: HFU58D Vuelo: FR2775 y FR2062Fecha: 27/04/2023 y 02/05/2023Coste del suplemento: 21,92 en cada trayectoTras la modificación de las Condiciones Generales de la Contratación en materia de equipaje, hecha efectiva por RYANAIR el 15 de enero de 2018, relativa a la limitación de subir a cabina equipaje de mano salvo pago de un suplemento, he de manifestarles lo siguiente:Me he visto obligada/o a contratar el suplemento “Prioridad & 2 piezas de equipaje de mano”, Flexi Plus, Plus o Family Plus, a fin de poder transportar en cabina un segundo bulto como equipaje de mano, a pesar de cumplir con los requisitos de tamaño y peso establecidos por la compañía. Dada las características de los objetos transportados en dicho equipaje de mano, era para mí esencial, por motivos de seguridad, valor, disponibilidad inmediata de dichos objetos y evitar posibles daños en su manipulación para el transporte en bodega, poder transportarlos conmigo en cabina. Sin embargo, a pesar de que el artículo 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, establece que “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos”, RYANAIR ha limitado dicho derecho por motivos exclusivamente económicos, permitiendo transportar en cabina única y exclusivamente bajo pago del suplemento “Prioridad & 2 piezas de equipaje de mano”.Por ello, y considerando que las Condiciones Generales de Transporte contradicen la normativa estatal y suponen una condición abusiva, incrementando unilateralmente el coste del billete, y vulnerando un derecho esencial del pasajero de transporte aéreo,SOLICITO:La devolución del importe del suplemento “Prioridad & 2 Piezas de Equipaje de Mano”, Flexi Plus, Plus o Family Plus, llevando a cabo el abono mediante el mismo sistema de pago con el que se abonó la contratación del vuelo indicado.