Estimado Aram,
Procedemos a comunicar el resultado de las investigaciones realizadas en relación a los hechos reclamados mediante el escrito presentado con referencia, s/ref @@REF_ID@4100be260135db718f@REF_ID@@ ante este Servicio de Defensa del Cliente sobre solicitud de prima no consumida
Permítanos, en primer lugar, indicarle que sentimos las molestias que esta situación le haya podido ocasionar.
Informarle que hemos recibido reclamación contra Qualitas Auto, marca registrada de Admiral Intermediary Services, SAU (en adelante, AIS) agente de seguros vinculado, por lo que es competente para resolver el Servicio de Defensa del Cliente de Admiral Europe Compañía de Seguros SAU (en adelante, AECS), como entidad aseguradora de la póliza del seguro de su automóvil anulada por venta del vehículo.
Revisada la situación expuesta en la reclamación remitida consideramos importante detallar la información recogida en las Condiciones Generales del seguro en relación a la situación reclamada, destacando que las Condiciones Particulares de su póliza fueron expresamente aceptadas por su parte mediante acuerdo electrónico certificado en fecha 17/07/2023:
0.11 Duración del contrato
“El seguro tendrá la duración escida en las condiciones particulares y se prorrogará tácitamente a su vencimiento de acuerdo a la información que en éstas se muestra.(...)
En caso de desaparición del riesgo, se extinguen todas las garantías de la póliza, y el Asegurador tiene derecho a hacer suya la prima completa del período en curso, excepto en los casos de transmisión del vehículo previstos en la póliza y los previstos legalmente.”
1.3.5 Transmisión del vehículo
“Antes de la transmisión del vehículo, el tomador podrá rescindir el seguro, reservándose el importe de la prima no consumida en poder del Asegurador durante el plazo máximo de cuatro meses, para su aplicación a un nuevo seguro de automóviles.
Para ello deberá solicitarlo al Asegurador por escrito o por vía telefónica, pudiendo ser solicitada la devolución del recibo bancario original. En caso de contratación de una nueva póliza de automóviles en el plazo de cuatro meses, el Asegurador deducirá de su prima el importe de la prima reservada; transcurrido ese plazo sin hacer aplicación de la prima reservada, esta quedará en poder del Asegurador. En ningún caso el Asegurador devolverá el importe de la prima.”
No obstante lo anterior, en virtud del procedimiento aplicable actualmente por la entidad no procede en esta ocasión aplicar prima suspendida, por lo que desde este Servicio de Defensa del Cliente se ha dado traslado al Departamento de Atención al Cliente del mediador AIS para la devolución de este importe a través de los datos bancarios declarados en su póliza y que recibirá en los próximos 15 días, aproximadamente, pudiéndose comprobar que en el día de hoy 13/02/2025 han contactado telefónicamente con Vd. desde el Departamento de Atención al Cliente de AIS para trasladarle dicha información.
En caso de registrar alguna incidencia con la devolución, puede contactar con nosotros a través del emailreclamaciones@admiral.es o si lo prefiere, pude contactar a través de las vías de contacto disponibles del Departamento de Atención al Cliente de AIS, mediante el área de cliente, apartado Contacto/Tipo de Consulta/ Envío de Documentación (s:www.qualitasauto.com/area-clientelogin) en la que puede adjuntar documentación de su petición, o bien a través de los teléfonos 912 75 54 40 y 900 81 01 04 en horario de lunes a viernes de 09:30 a 20:00 horas, o también puede tramitar sus consultas mediante el canal WhatsApp en el número de teléfono 673 16 16 10 en el mismo horario de atención telefónica.
De otro lado, en consideración a la disconformidad planteada en el escrito de reclamación sobre la prima ofrecida para un nuevo vehículo por parte del Departamento de Ventas del mediador AIS, indicarle que la aseguradora AECS respetando el exigente y amplio marco jurídico esce los parámetros de suscripción que estima oportunos, así como aquellos productos a ofrecer al mercado dentro de los ramos autorizados por el regulador.
Esta capacidad para escer los parámetros de suscripción es compatible con el cumplimiento de la regulación sectorial que persigue garantizar la solvencia de las entidades y el respeto de los derechos de los tomadores, asegurados y beneficiarios. En este sentido el artículo 95 de la Ley 20/2015, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras, señala que las condiciones contractuales y modelos de pólizas, las tarifas de primas y las bases técnicas no estarán sujetas a autorización administrativa.
Ennombre delServicio de Defensa al Cliente de Admiral Europe Compañía de Seguros, S.A.U. (AECS), damos por resuelta la tramitación de este expediente por entender que el motivo original que ha causado el envío de la reclamación ya ha sido atendido y clarificado. En caso de disconformidad con nuestra resolución puede acudir al Comisionado para la Defensa del Asegurado de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Recuerde que siempre nos tiene a su disposición enreclamaciones@admiral.es, donde podrá realizar cualquier consulta relacionada con la resolución de su reclamación.
Un cordial saludo.
Servicio de Defensa al Cliente
Admiral Europe Compañía de Seguros, S.A.U. (AECS)
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Admiral Europe Compañía de Seguros S.A.U. (AECS SAU), inscrita en el Registro de entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con n.º de registro C0805. CIF: A87987822. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al folio 31, del Tomo 37.134 de la Sección 8, inscripción 1ª y domicilio social en C/ Rodríguez Marín 61 1ª Planta, 28016 Madrid.
Sus datos serán tratados por Admiral Europe Compañía de Seguros S.A.U., responsable del tratamiento, conforme a la Política de disponible en nuestra web, con la finalidad principal de gestionar nuestra relación contractual. Podrá ejercer sus derechos como interesado escribiéndonos a: protecciondedatos@admiral.es
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