Estimados/as señores/as: En fecha 14.12.218 adquirí en su? establecimiento?sito en Apple Puerto Venecia el producto Macbook Pro 13.3 SPACE GRAY. Adjunto los siguientes documentos:? factura de compraSobre el producto pesa una campaña de reparacion oficial de la marca (https://support.apple.com/es-es/keyboard-service-program-for-mac-notebooks) en la que se reconoce el defecto del que yo adolezco.Dicho programa de reparación esta limitado por Apple a 4 años desde la fecha de comercialización pero el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555), en su articulo 144 define la extinción de responsabilidad en 10 años y no en 4 como indica Apple.Artículo 144. Extinción de la responsabilidad.Los derechos reconocidos al perjudicado en este capítulo se extinguirán transcurridos 10 años, a contar desde la fecha en que se hubiera puesto en circulación el producto concreto causante del daño, a menos que, durante ese período, se hubiese iniciado la correspondiente reclamación judicial.El uso que se ha hecho ha sido absolutamente?adecuado?y conforme al esperado y, el daño o defecto producido forma parte de un defecto de fabricación que ha tardado más en aparecer por el bajo uso.Solicito que?procedan a reparar el producto, en el?plazo más breve posible y sin coste, por lo anterior argumentado.Sin otro particular, atentamente.