Estimada señora Chinni:Nos dirigimos a usted en contestación a su escrito del día 2 de enero de 2022 en el que nos solicita la baja de su póliza.En relación con su solicitud de baja, en cumplimiento con la Ley de Contrato del Seguro 50/1980 y según consta en su condicionado, para poder cancelar el seguro es necesario un preaviso de un mes a la finalización del ejercicio, en su caso 31 de enero y será prorrogado tácitamente por periodos no superiores a un año.Asimismo, se puede oponer a dicha prórroga cualquiera de las partes mediante notificación, efectuada con al menos un mes de antelación respecto de la fecha de conclusión del periodo en curso.En consecuencia, usted debería haber solicitado la baja de su póliza antes del día 31 de diciembre, para cumplir con el preaviso escido por la ley, tal y como le hemos explicado telefónicamente.Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, hemos valorado, de forma totalmente excepcional la baja de su póliza n° 83343595 con efecto 1 de febrero de 2022.Sin otro particular y con el deseo de volver a contar con su confianza en un futuro cercano, reciba un cordial saludo.8334359550804Nuncy Vecino Departamento ReclamacionesSanitas Seguros, S.A. C/ Ribera del Loira, 52, 28042 MadridE reclamaciones@sanitas.esW www.sanitas.esOn 03/01/2022 14:32,