/Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Tenerife Norte al de Menorca, que tenía su salida a las 07:00 horas del día 09 del mes de Junio de 2022 por lo que la llegada normal a Menorca debería haber tenido lugar a las 13:35 horas del día 09/06/2022. Adjunto los siguientes documentos: los billetes de avión, tarjeta de embarque, reolución de la AESA El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea