Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Bilbao al de Barcelona, que tenía su salida a las 8.55 horas del día 16 del mes de junio de
2024 por lo que la llegada normal debería haber tenido lugar a las 10.05 horas del día 16 de junio, con un coste de 221,58€. Adjunto los siguientes documentos: enumerar documentación que se aporta: p.ej. mensajes confirmación reserva, cargo en el banco... Nº de pasajeros:2 En fecha 16 de junio de 2024, se me ha comunicado, esto es con menos de 15 horas de antelación, la cancelación del vuelo contratado, impidiéndome llegar al lugar de destino en la fecha prevista. Adjunto también la comunicación de cancelación. No se me ha reembolsado el importe de billete ni se me ha ofrecido transporte alternativo que haya aceptado. Solicito se me reembolse el importe abonado. Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea