Estimados/as señores/as:
Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad comunicándoles, con el preaviso/en el plazo correspondiente ya anteriormente con fecha 18.10.24, mi decisión de cancelar totalmente la póliza del vehículo asegurado en el contrato del seguro de la que soy titular.
Y en ello: No estoy conforme con las respuestas a mi cancelación de la póliza ya que desde el dia 18.10.24 se hizieron las llamadas correspondientes en que yo les decía que quería desistir de dicho contrato, por venta del vehículo y por ello no quería seguir con el contrato pagado semestralmente hasta el febrero del 2025, comunicando así mismo al personal de atención al cliente en pólizas de vehiculos. En ningun momento quisieron darme respuesta ni ayudarme sino diciendo que la parte pagada se utilizaria en el contrato por si conducía otro vehículo estar asegurada, sin preguntarme si necesitaba, tenia o quería simplemente para no devolverme el dinero, esas intenciones se vieron desde el minuto 1.
Se pueden escuchar las grabaciones que corraboran los hechos mencionados según la ley de protección de datos doy mi consentimiento y comunico la baja a partir de ese dia 18.10.24 y que se recalcule todo incluyendo los dias que les toca a la aseguradora por pre aviso y el residual se que me corresponde que he pagado se devuelva a mi cuenta. No quiero descuento para una nueva póliza reclamo el importe de 112,45€ a mi cuenta bancaria que ya ese dinero no se va a quedar en una bolsa a favor suyo es mi dinero pagado y pido que se devuelva a la cuenta que se cobraron.
Prima: Rec. Legales: Impuesto: F. Mutual: Dto. Comercial: 313,94 4,89 25,11 0,00
Recibos por el resto del año desde la fecha de modificacion
1o recibo (24/08/2024 - 23/02/2025): 174,39 2o recibo (24/02/2025 - 23/08/2025): 169,56€
Ha contratado un Seguro a Terceros Combinado del producto AUTOMÓVIL.
SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que se practique la cancelación del contrato de seguro de vehículos y, devolución del importe de la parte cobrada que me pertoca segun lo establecido en el RDL 1/2007, de 16 noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y la ley 50/1980, de 8 de octubre de contrato de seguro.
En caso contrario como derecho del consumidor se presentará denuncia a la agencia de protección al consumidor.
Sin otro particular, atentamente.
Ariadna