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Problema con el equipaje de mano

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

P. D.

A: VUELING

03/04/2024

Hola Buenas! Tuve una incidencia con mi equpaje de mano. Una vez embarcar y ya dirigirme al avión una de las trabajadoras me ha parado y me ha notificado que debía pagar 60 euros para facturar ese equipaje y poderlo llevar cuando claramente cabía debajo del asiento aunque según ella era peligroso, y el personal que me había atendido en ningún momento me había notificado del problema. Llevaba una mochila pequeña con un portatil pequeño y una raqueta que sobresalía unos 10/15 centimetros. Cuando he llegado al avión las azafatas se han dado cuenta del abuso que he padecido y me han dicho que no hacia falta que facturase mi mochila todo y estar marcada como tal. Una de estas además a reportado un informe para ayudarme a solucionar el problema. Me gustaría que se me devolvieran los 60 euros y se solucionara esta injustícia. Espero respuestas, gracias.

Mensajes (1)

P. D.

A: VUELING

13/04/2024

Hola Bones,Considero que no heu valorat correctament el meu cas o en tot cas estau defensant una pràctica que no és lícita. Clarament el meu equipatge tenia lloc davall el seient i en cap moment significava cap perill. També es van adonar d'aquest abús (i us el van notificar) les assafates de l'avió i altre personal els qual no em van fer facturar l'equipatge, tal i com estava marcat, per la qual cosa em vau fer pagar 60 euros. Insisteixo en que reconsidereu el cas i no passeu de jo com usuari de la vostra companyia. Si no és el cas em veig obligat a prendre mesures legals amb l'OCU per exigir el reemborsament dels 60 euros. A més, adjunt el següent fragment de l'OCU sobre la política d'equipatge de mà:Las compañías aéreas no pueden cobrar suplementos por el equipaje de mano. El cargo de este suplemento podía llegar hasta los 50 euros, dependiendo de la compañía, lo cual incumple la normativa en vigor aplicable y se considera una cláusula totalmente en contra de los derechos de los consumidores. Así lo ha establecido una sentencia de 17 de junio de 2022 del juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, anulando el cobro de este suplemento por parte de las compañías aéreas.El juzgado considera que los usuarios afectados están amparados por la Ley de Navegación Aérea, por la que con el precio del billete se incluye el equipaje de mano de unas dimensiones de 55x35x20 cm, que equivalen a un volumen útil de 25 litros, así como los objetos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos y solo podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos por razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto y que, en este caso, sí deberán facturarse con los costes establecidos por la compañía.Gràcies, espero respostes.


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