Hola, soy cliente de Vodafone desde hace 12 años. El último contrato se firmó el día 21 de febrero de 2020 y la permanencia era de 18 meses. Debido a que mi oferta actual finaliza el 21 de agosto de 2021, me he puesto en contacto a través de las lineas habilitadas para ello con el fin de obtener información sobre la penalización que conllevaría romper dicho contrato antes de la fecha estipulada.Los teleoperadores que me han atendido me han dicho que mi penalización sería “CRECIENTE”, a pesar de restar 6 meses para la finalización del contrato (cada día va en aumento el importe de penalización).Les he informado de que esta es una práctica ilegal, ya que el 16 de noviembre de 2007 se aprobó por Real Decreto la modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en la que se añade el apartado 4 al art. 74 de la citada ley, que dice textualmente:'En caso de que el usuario incumpla el compromiso de permanencia adquirido con la empresa, la penalización por baja, o cese prematuro de la relación contractual, será proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado'.Texto del cuál se extrae que la permanencia acordada se deberá prorratear entre los días que restan para la finalización del contrato.Añadir que dispongo del audio donde se efectuó la grabación del contrato y en ningún momento se hace mención respecto a la permanencia creciente.Por todo ello les agradecería que aclarasen mi solicitud y se me informase con veracidad sobre todo lo citado. Gracias.Indica qué solución esperas para tu problema Solicito que se me informe sobre la aplicación de una penalización acorde a lo estipulado según la citada Ley.