Muy señores nuestros:
En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES, y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha recibido en este Servicio de Atención de Reclamaciones el escrito adjunto mediante el que se expone disconformidad con la actuación de la Aseguradora en nombre de D. Jonatan Rozalen.
En primer lugar ofrecemos disculpas al Sr. Rozalen en nombre de la Compañía por las molestias ocasionadas. No obstante el siniestro no goza con cobertura contractual, al tratarse de condensaciones y no haber detectado ninguna fuga activa de agua.
El perito interviniente ha descartado fugas en conducciones privativas y filtraciones desde conducciones comunitarias fachada exterior o tejadillo por lluvias.
Tras analizar la situación de los daños presentados y la localización de los mismos, que colindan con el exterior del inmueble, y haber informado por parte del Sr. Rozalen que las humedades sólo se reproducen en épocas de frío y lluvias y no en verano, se ha determinado que se trata de condensaciones, al ser un edificio antiguo y que carece del adecuado aislamiento, lo que provoca con los cambios de temperatura las citadas condensaciones.
Nos remitimos a las Condiciones Generales del producto suscrito ‘HogarSeguro’, capítulo ‘Coberturas sobre su Vivienda’, donde se define la garantía ‘Agua’ y se excluyen expresamente las condensaciones:
Por lo expuesto este Servicio desestima la reclamación presentada.
En todo caso, si persiste su discrepancia, el Sr. Rozalen puede dirigirse al Defensor del Asegurado, ‘D.A. Defensor Cl Velázquez, 80, 1º D, 28001 MADRID’, quién actuará como tercero independiente en la resolución de la reclamación emitiendo un dictamen que tiene carácter vinculante para la Compañía Aseguradora.
Atentamente,
Servicio de Atención de Reclamaciones
NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES
Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E.