Hola ayer fui al cine de plaza loranca 2 a ver la pelicula de mision imposible a la sesión de 20.30. Como siempre adquirí la comida de fuera y al entrar me obligaron a dejarla en el coche y pasar solo con agua. Llevábamos en la bolsa, palomitas, cocacola y regalices cosa que se venden en el interior y se permite su consumo si se adquieren dentro, entonces ¿porque no si se compran desde fuera? amparándose en los artículos 82, 86.7 y 89.4 del TRLGDCU y en el artículo 24 de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, alegando el derecho de admisión.
Además, la actividad principal de estas salas de exhibición es la proyección de películas, no la hostelería o la restauración, por lo que dicha prohibición es abusiva.
SOLICITO
Por todo ello, solicito a través de esta reclamación que se analice la legalidad de esta práctica, así como la proporcionalidad del uso del derecho de admisión en este contexto.