Hola,
Estamos a día 3 de marzo de 2025. La compra la realicé el 20 de enero. Echad cuentas y veréis que supera los 30 días desde el pago que realicé.
Así pues, según establece el "art. 66 bis" sobre la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, vosotros habéis incumplido dicho artículo con lo cual me lleva a exigir el envío inmediato de este pedido o, si el artículo no lo tenéis en stock, a la cancelación y devolución inmediata del importe de dicho pedido.
Si se hace la devolución del importe por no tener stock, se devolverá de la misma manera que se pagó y sin tener que solicitar dicho reembolso por teléfono ni otra vía por ya quedar notificado aquí.
La negación/ignoración sobre la metodología del reembolso (en el caso que se de) no significa que les exima de su obligación a realizarlo, y si se hiciera caso omiso, estarían yendo en contra de la ley y los derechos del consumidor, con las consecuencias legales que ello acarrearía.
Si esta semana no se me realiza el envío o en su defecto el reembolso como expongo más arriba, me presentaré en las dependecias de la Policía Nacional para presentar una denuncia formal hacia ustedes.
Sin más, estaré a la espera.
Gracias.