Naturaleza del problema:

Financiación

Tu reclamación

J. P.

A: *CaixaBank Payments & Consumer*

04/10/2025

Reclamación por posible usura en préstamo Benidorm a 4 de octubre de 2025 1. Hechos En virtud del contrato, me obligo a pagar intereses, comisiones y demás costes aplicados conforme a sus condiciones. El tipo de interés aplicado (16,65 %) es muy superior al interés medio del mercado para préstamos al consumo en el momento de contratación (marzo de 2023). Dicha diferencia constituye un posible ejercicio de cláusula de interés “notablemente superior al normal del dinero” y manifiestamente desproporcionado conforme a la Ley de Represión de la Usura (1908) y la doctrina del Tribunal Supremo. He recibido/fijado los pagos de [menciona cuántos recibos has pagado hasta la fecha] y sigo con 6 recibos pendientes, con un capital actualmente pendiente de 931,60 €. Solicito la revisión de las condiciones aplicadas y, en su caso, la restitución de los intereses indebidamente cobrados. 2. Fundamentos jurídicos De acuerdo con la Ley de Represión de la Usura, “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.” La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha considerado usurarios intereses en el entorno del 16 % o similares, cuando dichos intereses exceden con claridad el tipo medio de préstamos al consumo en el momento de contratación. Según estadísticas y datos de mercado, el interés medio para préstamos al consumo en 2023 se situaba entre ~8‑9 % TAE, lo que evidencia que el interés que me fue aplicado es muy superior. Solicito que se aplique una tasa más ajustada al mercado, o en su caso la nulidad de los intereses excesivos y la restitución de cantidades cobradas de más. 3. Petitorio / Lo que solicito Revisen el contrato referido y me faciliten un desglose completo de los intereses y comisiones cobradas hasta la fecha. Comparen el interés aplicado con las tasas medias del mercado para la fecha de contratación (marzo de 2023) y me propongan una periodicidad de interés razonable. En caso de que consideren que mi petición es fundada, procedan a la restitución de las cantidades cobradas en exceso por intereses usurarios, deduciéndolas de lo que me reste por pagar, o bien abonándome la diferencia que corresponda. Atentamente, Juan Carlos Pérez Rodríguez


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