Buenos dÃas:En relación con la reclamación formulada por el Sr. César Felipe López Sánchez, una vez realizadas las averiguaciones oportunas y solicitado informe al conductor, debemos indicar que el autobús que realiza el trayecto al que hace referencia el reclamante efectuó, dentro del horario previsto, todas las paradas estipuladas en el tÃtulo concesional VAC-247, incluida la de la Estación de Autobuses de Ãvila, recogiendo a varios viajeros. En este sentido, el conductor, en su informe, indica que estuvo esperando por el reclamante y, tanto él como el personal de seguridad de la estación, intentaron localizarlo. Asà las cosas, desconocemos el motivo por el que el reclamante no pudo coger el autobús, si se encontraba en la dársena correcta o si llegó a la hora adecuada. En este punto debemos resaltar que nos encontramos ante una reclamación formulada por una persona particular, que como tal carece de presunción de veracidad, y que además no aporta ninguna prueba que acredite los hechos que denuncia, por lo que no podemos sino rehusar la reclamación en todos sus términos.AtentamenteDepartamento jurÃdico de MALDEASA S.L.Asunto:Reclamación: Incumplimiento de Contrato - (CPTES01437033-75)Fecha:11 Jan 2022 00:47:22 +0100De:abogados@ocu.orgPara:info@monbus.es