El pasado 15/11/2024 hubo una avería eléctrica que afectó a los cinco vecinos del edificio en el que vivo.
Como consecuencia de dicha avería varios vecinos tuvimos daños en electrodomésticos que dejaron de funcionar, en mi caso la placa vitrocerámica y el router wifi.
Soy titular de una póliza de seguro hogar con RGA en la que se detalla en una de las clausulas que quedo cubierto en caso de daños de electrodomésticos por subidas de tensión o averías eléctricas.
RGA Seguros tiene en su poder el informe de la empresa reparadora que envió a mi domicilio (ELECTRA JEREZ) en el que se informa a RGA de los daños ocasionados por la avería eléctrica y determina que al no haber piezas corresponde indemnización.
Mis vecinos , que son clientes de otras aseguradoras, no han tenido problemas en cobrar las indemnizaciones de sus seguros , ya que con la visita del técnico reparador que fueron enviados por las aseguradoras fue suficiente para realizar el pago de los daños.
En mi caso RGA SEGUROS se está negando a indemnizarme y para justificarse me está pidiendo , semanas después de la incidencia, certificado de la compañía eléctrica distribuidora y fotografías de los electrodomésticos averiados. ¿Cómo es posible que me pida fotografías semanas después de abrir la incidencia, si ni siquiera el propio técnico que envió RGA SEGUROS tomó fotografías ?
Por qué se están resistiendo a indemnizarme si en el propio contrato de seguro con RGA se detalla lo siguiente?
"La póliza en el Art. 1.11 del Condicionado General Daños causados en las instalaciones,
aparatos eléctricos y sus accesorios, por corrientes anormales, cortocircuitos, propia
combustión o causas inherentes a su funcionamiento, siempre que dichos daños sean
producidos por la electricidad, o por caída del rayo, aun cuando no se derive incendio"
¿Qué más hace falta si la propia empresa reparadora (ELECTRA JEREZ) enviada a mi casa por RGA ha emitido un informe en el que se reconoce que los daños en mi placa vitrocerámica se han producido por avería eléctrica?