Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Palma de Mallorca al de Oviedo(Asturias) con fecha salida a las 20:45 horas del día 22 del mes de junio de 2024
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta rígida de la marca John Travel de color negro y de tamaño mediano.
Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en fractura del armazón presentando una rajadura de lado a lado de la parte rígida delantera pudiendo verse el interior de la misma.
Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR)
Aporto copia del PIR y el billete.
SOLICITO, el abono de 77,50 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados, no obstante mencionar que a la hora de realizar el parte PIR, la empleada de Iberia anotó en concepto mi nombre completo de forma errónea por lo que dentro de los 7 días que me ofrecieron para realizar la gestión de la fractura de mi equipaje fue imposible realizar debido a que los datos desde el principio no habían sido bien introducidos en el sistema. Que debido a ello al introducir los datos en la web no los reconocía. Que una vez ya finalizado el viaje me personé en las oficinas del aeropuerto de Palma siendo inútil ya que me dijeron que al estar mal grabado desde el principio ellos no podían hacer nada y que debía solicitar otro PIR, algo verdaderamente incomprensible si uno sabe de qué habla ya que resulta imposible solicitar otro PIR fuera de plazo, cosa que supe tras múltiples llamadas al teléfono 933787878 de pago, como bien les consta. Que mi viaje de vacaciones resultó afectado por este motivo y que no solamente he resultado perjudicada económicamente sino también moralmente al verme inmersa en un bucle sin sentido hablando con personal de su compañía que no han resuelto el problema que ustedes me han causado.
Sin otro particular, atentamente.
Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
* En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente
Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.