Ejercicio de garantía y cobros indebidos por parte de la empresa THERMOR y su servicio técnico SANIM
Naturaleza del problema:
GarantíaTu reclamación
A. N.
A: GROUPE ATLANTIC ESPAÑA, S.A.
Que adquirí un termo eléctrico de la marca THERMOR, actualmente en período de garantía. El pasado 8 de septiembre de 2025, me puse en contacto con el servicio de atención al cliente de THERMOR para comunicar una avería y ejercer mi derecho a la garantía. Desde THERMOR me derivaron a su servicio técnico oficial, SANIMAMP, para realizar la revisión y reparación correspondiente. El 12 de septiembre de 2025, SANIMAMP me comunicó que acudirían a realizar una primera visita para valorar la avería. Ese día nadie acudió al domicilio, pese a que estuve esperando en la franja horaria indicada. Posteriormente, al contactar con ellos, afirmaron falsamente que sí habían acudido y que no se les abrió la puerta, y me indicaron que, si deseaba una nueva cita, debía pagar el desplazamiento. En desacuerdo pero con el objetivo de poder hacer uso de la garantía, aboné 49,61 € en concepto de desplazamiento. El 26 de septiembre de 2025, un técnico acudió al domicilio y diagnosticó que era necesario cambiar la resistencia del termo, indicando expresamente que la reparación estaba cubierta por la garantía y que solicitarían la pieza correspondiente. El 3 de octubre de 2025, acudió otro técnico para realizar el cambio de la resistencia. Sin embargo, al comenzar el trabajo, me informó que la reparación no estaba cubierta por la garantía, alegando la presencia de cal, y me exigió el pago inmediato de 267,89 € en concepto de pieza, mano de obra y desplazamiento. Ante la urgencia de la situación —pues llevábamos más de un mes sin agua caliente— me vi obligado a abonar el importe bajo protesta y en claro desacuerdo, manifestando al técnico que consideraba esta actuación una coacción y una práctica abusiva, ya que la reparación debía estar cubierta por la garantía según el primer diagnóstico técnico. SOLICITO 1. Que se restituya el importe total abonado indebidamente (49,61 € + 267,89 € = 317,50 €) por servicios y reparaciones que deberían estar cubiertos por la garantía legal del producto. 2. Que se investigue la actuación de la empresa THERMOR y de su servicio técnico SANIMAMP, por posibles prácticas abusivas o engañosas hacia los consumidores. 3. Que, en su caso, se obligue a la empresa a cumplir con las condiciones de garantía legal, conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Adjunto los siguientes documentos: - Copia de la factura del termo (prueba de garantía). - Justificante del pago de 49,61 €. - Justificante del pago de 267,89 €. - Cualquier otro documento o factura relevante. - Justificante de primer diagnóstico que indica reparación en garantía.
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GROUPE ATLANTIC ESPAÑA, S.A.
A: A. N.
Viernes, 17 de octubre de 2025 Reclamación: 13567037 La presente es para comunicarles que se ha procedido a la comprobación de los hechos que conforman la reclamación recibida por Don. ALBERT NAVARRETE y procedemos a dar respuesta a la misma. 1. Cronología de la Intervención y Justificación de Cargos: 09/09/2025 (Apertura de Aviso): El usuario contacta con el Servicio Técnico Oficial por una incidencia de no calienta. Se procede al diagnóstico preliminar del problema, que apunta a la resistencia, y se gestiona el repuesto necesario. 16/09/2025 (Visita con Cargo - 49,61 €): Se coordina una segunda visita para la reparación. El técnico se desplaza al domicilio, pero no se encuentra a nadie para permitir el acceso al equipo. Se realizaron intentos de contacto por parte de nuestro Centro de Atención Telefónica Oficial (CATO), sin éxito, al saltar el contestador (se adjunta prueba de contacto). La cantidad de 49,61 € corresponde a la tarifa de desplazamiento y tiempo de espera por la visita fallida, un cargo legítimo al no ser impu a la empresa la cancelación de la intervención. 03/10/2025 (Reparación y Cargo por Material y Mano de Obra - 267,89 €): Se coordina una tercera y definitiva visita. Antes de proceder al desmontaje del equipo, el técnico informa expresamente al usuario de que, si la avería es causada por un exceso de cal o incrustaciones, esta circunstancia está excluida de la garantía legal y comercial, tal y como se refleja en el parte de trabajo firmado por el usuario. Tras el desmontaje, se verifica de forma patente que el fallo de la resistencia está provocado por una precipitación de cal elevada, lo que evidencia una causa externa al producto y achacable a la calidad del agua. Se adjunta documentación gráfica que acredita el estado de la resistencia. El importe de 267,89 € corresponde al coste de la resistencia de repuesto, la mano de obra de reparación y el tiempo de la intervención, al tratarse de una reparación fuera de garantía. El usuario abonó el importe en el acto, manifestando posteriormente su disconformidad. 2. Respecto a la Solicitud de Restitución de Importes (317,50 €) y Cumplimiento de la Garantía: La negativa de nuestra empresa a la restitución de los 317,50€ se fundamenta en la aplicación rigurosa de las exclusiones de la garantía legal y de las condiciones comerciales. Cargo de 49,61 €: Justificado por el incumplimiento del usuario de la cita programada el 16/09/2025, generando un coste de desplazamiento y gestión. Cargo de 267,89 €: Justificado al quedar demostrado, mediante prueba objetiva (precipitación de cal en la resistencia), que la avería no obedece a una falta de conformidad o defecto de fabricación, sino a una causa externa (calidad del agua), lo cual es motivo de exclusión de la cobertura de garantía. Por lo tanto, el Servicio Técnico procedió a la reparación con cargo, previa información y aceptación por parte del usuario. 3. Respecto a la Solicitud de Investigación de Prácticas Abusivas o Engañosas: Rechazamos firmemente cualquier práctica abusiva. La actuación de THERMOR y de su Servicio Técnico Oficial SANIMAMP ha sido: Informada: El usuario fue notificado in situ de la posible exclusión de garantía por cal antes de la reparación del 03/10/2025. Documentada: La causa de exclusión de garantía (cal) está respaldada por la evidencia física de la resistencia, de la que se adjunta documentación. Correcta: La facturación se ajusta a la legalidad vigente al tratarse de una reparación por causa no cubierta. Conclusión: Se considera que las actuaciones de nuestra empresa y del Servicio Técnico Oficial han sido correctas y se ajustan a la legalidad y a las condiciones de garantía del producto. Por lo tanto, a lo solicitado por Don. ALBERT NAVARRETE no damos conformidad a la restitución del importe total abonado que asciende a 317,50€. A lo que se informa a los efectos oportunos. Administración Posventa. T. +34988144566 / CalleAntonioMachado,65EdificioSócrates 08846 / Viladecans / Barcelona callcenter@groupe‑atlantic.com Este correo es confidencial. Si lo ha recibido por error y no es el destinatario previsto, le pedimos que lo elimine y nos lo notifique por esta misma vía. Protección de datos:En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679, le informamos que el responsable del tratamiento de sus datos es Groupe Atlantic España - Soluciones Confort Térmico, S.A. La finalidad del tratamiento es gestionar su solicitud, mantener una agenda de contactos y conservar un historial. Si desea ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición u otros, puede dirigirse al responsable en la siguiente dirección:C/Antonio Machado, 65 (Edificio Sócrates), 08840 Viladecans. Para más información, puede consultar nuestra política de privacidad aquí. De: reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org En nombre de reclamar@ocu.org Enviado el: miércoles, 8 de octubre de 2025 11:31 Para: servicio generales ATLIB serviciosgenerales@groupe-atlantic.com Asunto: Ejercicio de garantía y cobros indebidos por parte de la empresa THERMOR y su servicio técnico SANIM
A. N.
A: GROUPE ATLANTIC ESPAÑA, S.A.
Ya que la empresa no hace alusion a la visita del 23 de setiembre de 2025, ni al documento expedido y adjuntado en la primera reclamación que envié, vuelvo a adjuntar dicho documento expedido por ellos y su técnico en la 1a visita, con fecha 23 de septiembre y donde el técnico especialista de la empresa SANIMAMP indica y escribe textualmente: "Se revisa thermor Code: 264011 que salta la luz una vez realizadas diversas pruebas se visualiza resistencia dañada se pedirá y se cambiará en garantía." Después de que la empresa SANIMAMP revisara, insisto, revisara el 23 de septiembre el Termo e indicara que la reparacion se haría en garantía, y así lo hace constar en dicho documento interno de la empresa SANIMAMP y firma el técnico, la empresa dejó pasar 10 días para venir a reparar y pedir la pieza correspondiente, que ya había revisado e indicado que cambiaría en garantía. En todo este transcurso de tiempo, 1 mes desde el inicio del problema, sin agua caliente por un Termo en malas condiciones y en garantía. De haber sabido el 23 de septiembre que no estaba en garantía, habría reparado con cualquier fontanero de la zona, en menos tiempo y con menos coste por desplazamiento. Cual es el límite de la coacción hacía un usuario por parte de una empresa, que decide libremente dar garantias de un producto a un usuario, manteniendolo en malas condiciones a la espera de la reparacion, alargando el tiempo de la reparacion y cuando al fín, decide reparar, le quita dicha garantia ya otorgada por ellos mismos, pidiendo un importe desproporciónado. En cuanto a la cita del 16 de septiembre, esperamos de 8h a 14:30h en casa a que se personara el técnico y no vino nadie, cuando lo acordado era de 8h a 11h. Sólo hace falta entrar a las reseñas de Google de esta empresa, para ver la cantidad de reclamaciones y quejas que tienen por su mal servicio, falta de claridad y gente engañada. Por todo esto, solicito la devolucion de los importes indicados: - 49,61€ (de una visita no realizada y en la que el técnico no se personó) - 267,89€ (de una reparacion en garantía, indicada así por SANIMAMP) Total: 317,50€
GROUPE ATLANTIC ESPAÑA, S.A.
A: A. N.
Jueves, 30 de octubre de 2025 Reclamación: 13567037 La presente es para comunicarles que se ha procedido a la comprobación de los nuevos hechos que conforman la reclamación recibida por Don. ALBERT NAVARRETE y procedemos a dar respuesta a la misma. Punto 1. Respecto a la visita del 23/09/2025 y al documento emitido. Confirmamos la existencia del documento fechado el 23 de septiembre de 2025, correspondiente al diagnóstico preliminar realizado por el técnico del servicio autorizado SANIMAMP, en el que se indica: “Se revisa Thermor Code: 264011 que salta la luz. Una vez realizadas diversas pruebas se visualiza resistencia dañada. Se pedirá y se cambiará en garantía.” Aclaración sobre la cobertura de garantía: La anotación “se cambiará en garantía” corresponde a una valoración inicial y provisional, que refleja la intención de tramitar la reparación bajo garantía siempre que la causa de la avería derivase de un defecto de fabricación. El diagnóstico definitivo, que determina la aplicación o exclusión de la garantía, se realizó en la visita del 03/10/2025, tras el desmontaje del equipo. En esa intervención se constató una acumulación elevada de cal en la resistencia (documentación adjunta), lo que constituye una causa externa al producto y, por tanto, una exclusión de la garantía legal, conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007. Don. ALBERT NAVARRETE fue informado de dicha exclusión antes de autorizar la reparación con coste, tal como consta en el aviso del 03/10/2025, cuya intervención fue aceptada por el reclamante. Puno 2. Respecto a la visita del 16/09/2025 (cargo de 49,61 €) Reiteramos que el importe de 49,61 € corresponde a la tarifa por desplazamiento y tiempo de espera de la visita programada para el 16/09/2025, que resultó fallida. Don. ALBERT NAVARRETE manifiesta que permaneció en el domicilio y que el técnico no acudió. Sin embargo, según la información registrada por nuestro Centro de Asistencia Técnica Oficial (CATO), el técnico se presentó dentro de la franja horaria acordada, sin localizar a nadie en el domicilio. Como prueba de ello, en nuestra respuesta anterior se adjuntó el informe de llamadas efectuadas por el Centro de Asistencia Técnica Oficial (CATO), en la fecha y hora de la visita, que no fueron atendidas (las llamadas derivaron al contestador automático). Dado que la visita fallida se debió a la no atención del usuario durante la franja de servicio, el coste de desplazamiento se considera legítimo y justificado, por lo que no procede la devolución del importe. Punto 3. Solicitud final de devolución En base a lo anteriormente expuesto: Se desestima la devolución de 49,61 € correspondiente a la visita fallida del 16/09/2025. Se desestima la devolución de 267,89 € correspondiente a la reparación efectuada el 03/10/2025, al haberse demostrado que la avería se debe a una causa externa excluida de la garantía legal, y habiendo sido la intervención aceptada con cargo por el usuario. Por lo tanto, a lo solicitado por Don. ALBERT NAVARRETE no damos conformidad a la restitución del importe total abonado que asciende a 317,50€. A lo que se informa a los efectos oportunos. Administración Posventa. T. +34988144566 / CalleAntonioMachado,65EdificioSócrates 08846 / Viladecans / Barcelona callcenter@groupe‑atlantic.com Este correo es confidencial. Si lo ha recibido por error y no es el destinatario previsto, le pedimos que lo elimine y nos lo notifique por esta misma vía. Protección de datos:En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679, le informamos que el responsable del tratamiento de sus datos es Groupe Atlantic España - Soluciones Confort Térmico, S.A. La finalidad del tratamiento es gestionar su solicitud, mantener una agenda de contactos y conservar un historial. Si desea ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición u otros, puede dirigirse al responsable en la siguiente dirección:C/Antonio Machado, 65 (Edificio Sócrates), 08840 Viladecans. Para más información, puede consultar nuestra política de privacidad aquí.
A. N.
A: GROUPE ATLANTIC ESPAÑA, S.A.
Como he indicado, y ustedes mismos también, como indica el documento oficial adjuntado de la visita del primer técnico y como se observó durante la visita en mi casa, el técnico en la visita del 23 de septiembre revisa el termo, lo abre con intención de reparar y una vez visto que la resistencia estaba dañada, indica que tenía que pedir la pieza y que se cambiaría en garantía. "Se revisa Thermor Code: 264011 que salta la luz. Una vez realizadas diversas pruebas se visualiza resistencia dañada. Se pedirá y se cambiará en garantía" Entiendo que es más fácil la coacción a un usuario cuando se le van dando largas en el tiempo y la reparación, pasando semanas sin agua caliente. Por lo que veo en sus reseñas de Google, es una práctica habitual en su empresa i concrétamente de SANIMAMP, con quien ustedes trabajan como reparadores y que les representan a la hora de ofrecer la garantía. Indicar que no se personó ningún técnico en la primera visita del 16/09/25 a pesar de estar esperando toda la mañana, quizás es el mismo que vino en la visita en que se indicó que no queria cubrir la reparacion con la garantía, ya que fue un técnico distinto del que sí emitió un documento donde se garantizaba el cambio de la resistencia con garantía, y molesto porque se había llamado a la empresa por no personarse en esa primera visita decidió cambiar el informe que había hecho su anterior compañero. Sin duda un claro ejemplo de lo que no es una empresa seria, con garantía y confianza para el usuario, ni por la calidad del producto, ya que el termo de la marca THERMOR tenía 11 meses cuando se rompió la resistencia, ni por la atencion que merece el usuario. No duden que daré a conocer en todas las plataformas que me sea posible su actividad proco profesional, la mala calidad de sus productos y el engaño al usuario en el servicio postventa. Del mismo modo, seguiré insistiendo en recuperar los 317,50€ que me han sido cobrados por la falta de profesionalidad de sus técnicos, servicios y la poca calidad de sus productos.
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