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Disconformidad con el vehículo adquirido.

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Daños en el coche

Tu reclamación

V. C.

A: FLEXICAR

04/10/2024

Buenos días. Llevo intentando contactar con ustedes para realizar una devolución de un vehículo, lleva conmigo 8 meses, de los cuales 2 se los ha pasado en el taller, os lo he comprado a través de la página web, en vuestro concesionario (Rivas 2), el vehículo me ha dejado tirado en la autopista, y he conseguido llegar casa, tras 2 días en el garaje la batería ha pasado del 40/45% al 5% sin hacer uso del mismo, viendo el plan que hay con dicho vehículo, y que ya ha entrado entre 4/6 veces en el taller en estos 8 meses que lleva conmigo, quiero cancelar el contrato de compraventa y la financiación, ya que el vehículo sigue averiándose, los periodos de reparación son extremadamente largos y me causa muchos inconvenientes no tener vehículo para trabajar. Dado las circunstancias solicito LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA Y SU FINANCIACIÓN Agradeceria la mayor brevedad posible para subsanar el problema El vehículo es un BMW i3Rex 7927HVH Debido a la falta de conformidad se sustenta en un hecho grave: el vehículo fue entregado con un mes de retraso desde la firma del contrato y en el primer viaje, ya salió la primera avería, tras llevado a las instalaciones de FLEXICAR porque no podía circular. El vehículo estuvo 15/20 días en sus instalaciones y a la entrega, apenas habían pasado dos semanas cuando se tuvo que volver a llevar al taller, tras una semana, me dicen que no le ven nada al coche, y al llevármelo a casa vuelve a dar otro fallo diferente, dado estas circunstancias que se repiten reiteradamente, no se ha podido realizar un uso pacífico del bien adquirido. Además de ello, cuando ha sido llevado al taller, lo han tenido un tiempo desproporcionado, sin informar los daños que tenía pero entregando el bien en unas circunstancias que tampoco lo hacen conforme para el fin obtenido. En conclusión: 1.- A la vista de la gravedad de los hechos: no se puede hacer uso del vehículo y la primera vez que ha pasado por taller ha salido igual, a la semana estaba otra vez dentro. 2.- A la vista de que no se puede utilizar para lo que se ha comprado: circular. 3.-A la vista de que de haberlo sabido no se habría comprado nunca el vehículo, se concluye: Una clara y determinada falta de conformidad con el bien, que ya esta en su posesión y se les requiere para que en un plazo máximo de 7 días se proceda a la resolución del contrato y a la entrega de los daños y perjuicios causados. Todo ello, de conformidad con lo previsto en el Art. 117 y siguientes de la Ley de Consumidores y Usuarios, ejemplo: el consumidor dispone del derecho a manifestar la falta de conformidad, optando desde ya por la resolución del contrato con el abono de los daños y perjuicios causados. Adicionalmente, la resolución del contrato es perfectamente viable al amparo del Art. 119 del mismo texto legal: en tanto en cuanto la falta de conformidad es grave, no se puede hacer uso del bien y además, habiendo sido tratado por ustedes en un primer momento, el bien adquirido continua no siendo hábil para el fin para el que está configurado. Con la resolución del presente contrato de compraventa, debe procederse igualmente a la resolución del contrato de préstamo, por lo que se les requiere igualmente para que procedan.

Asistencia solicitada 09 octubre 2024

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