Dispongo de un contrato de Hogar Protección con OCASO, con Nº de Póliza: 320541.
Elo 19 de enero de 2025, informé de un siniestro por agua con referencia 33505. Después de la visita del perito enviado por la compañía, y tras enviar los presupuestos solicitados para afrontar las reparaciones por los daños causados, la compañía OCASO sin ningún tipo de explicación, ingresó una cantidad en mi cuenta corriente en concepto de indemnización. Al no estar de acuerdo con el importe, mucho menor al presupuesto enviado, solicité el informe de peritación. Tras analizar el informe (expediente 0120250003350) encontré diversos errores que comunique y documenté a la compañía OCASO a través de las cuentas de emails oficiales. Además, proporcioné los calculos exactos y solicite la compensación pendiente para que la indemnización pueda cubrir la mayoria de los gastos de reparación.
Pero a día de hoy y tras solicitar a OCASO su pronunciamiento, en diversas ocasiones, NO ME HAN CONTESTADO en ningún sentido
La situación en base al propio informe pericial que me remiten, cuyo literal lo copio en cursiva, con los comentarios de los errores encontrados y demostrados que resalto en mayúsculas:
"Se realiza visita pericial, verificando los daños existentes, no habiéndose producido ninguna fuga posterior, siendo los mismos que los valorados en su momento por el siniestro anterior mencionado. Se remite presupuesto de los daños de tarima, por importe de 1.250 €, correspondiente a la sustitución de la tarima del recibidor, levantando también el salón, al ser corrido y no querer colocar junta divisoria entre ambas estancias."
EL PRESUPUESTO ENVIADO NO ES DE 1.250 € dDE COSTE DE REPARACIÓN DE LA TARIMA, SINO DE 1.512,5 €. PARA SU COMPROBACIÓN, SE ADJUNTA NUEVAMENTE A ESTE CORREO
"Tras revisar la póliza, consideramos que los daños a atender son los causados en la estancia del recibidor, pues aunque posea daños estéticos, sólo se aplican a la estancia dañada, y no a otras, por lo que retirar la solería del salón, no estaría incluido en este siniestro."
LA SUPERFICIE DE TARIMA DEL SALÓN QUE SERÍA NECESARIA RETIRAR, SOLO SUPONE UN 29,85% DEL TOTAL DE LA TARIMA QUE REQUIERE SER SUSTITUIDA, MIENTRAS QUE LA ESTANCIA DEL RECIBIDOR SUPONE EL OTRO 70,15%. POR TANTO, APLICANDO ESTE PORCENTAJE AL PRESUPUESTO TOTAL, 1.512€ X 70,15% = 1.060,67€ ES EL COSTE DE SUSTITUCIÓN DE LA TARIMA EXCLUSIVAMENTE DE LA ESTANCIA DONDE ESTÁN LOS DAÑOS (RECIBIDOR)
"De esta manera se realiza propuesta de indemnización, por importe de 815 €, correspondiente a: Daños en varias placas de escayola del techo del recibidor (2,5 m2 - cód. 504 - 105 € aprox.), siendo necesario el uso de escaleras telescópicas (40 € aprox.), y daños en tarima de recibidor del piso (8 m2 - cód. 405 - 385 € aprox., al poseer varios tacones, y existir mayor numero de recortes), debiendo retirarse rodapiés y mobiliario (180 € aprox.), incluyendo un porcentaje para asemejarlo al valor de mercado"
LAS PLACAS DE ESCAYOLA A SUSTITUIR EN EL TECHO OCUPAN UNA SUPERFICIE, SIN CONTAR DESPERDICIOS, DE 3,24M CUADRADOS. POR TANTO EL COSTE DE SUSTITUCIÓN ES DE 136€
TENIENDO EN CUENTA ESTA CORRECCIONES, LA INDEMNIZACIÓN MÍNIMA, TENIENDO EN CUENTA ESTOS CÁLCULOS CORRECTOS, DEBE SER DE 1.416,67€, SEGÚN LASIGUIENTE DISTRIBUCIÓN:
DAÑOS EN PLACAS DE ESCAYOLA: 136€
ESCALERA TELESCÓPICA: 40€
SUSTITUCIÓN TARIMA RECIBIDOR Y ARREGLO DE DAÑOS: 1060,67€
RETIRADA DE RODAPIES Y MOBILIARIO: 180€
DADO QUE YA HAN PROCEDIDO A INGRESARME 815€ DE INDEMNIZACIÓN PARCIAL, Y TRAS RECLAMAR MOSTRANDO MI DISCONFORMIDAD Y EXPONIENDO LAS CAUSAS Y PRUEBAS QUE PUEDEN VOLVER A COMPROBAR NUEVAMENTE SI LO CONSIDERAN NECESARIO, LES RECLAMO EL INGRESO DEL RESTO DE LA INDEMNIZACIÓN. ESTO ES 1.416,67€ - 815€ = 601,67€ RESTANTES
Quedo a su disposición para cualquier aclaración o comprobación. Por favor les ruego contestación a la mayor urgencia posible, ya que hablamos de un siniestro de 2024 cuyo gasto yo he tenido que adelantar y para saber si se agota este proceso de reclamación o bien he de acudir a otras instancias .
Quedo a la espera de sus prontas noticias