Descripción de los hechos:
Realicé dos devoluciones a Temu, una de ellas combinada (incluye articulos de varios pedidos) utilizando el canal oficial de transporte proporcionado por la tienda a través de la empresa InPost, con los números de seguimiento [67679050 y 67564108]. Ambos paquetes fueron extraviados por el transportista.
Tras una investigación interna, el pasado 18 de mayo de 2026, InPost declaró oficialmente los paquetes como "perdidos". InPost me confirmó que, siguiendo sus acuerdos comerciales internos con las marcas, procedió a emitir las indemnizaciónes económicas correspondientes directamente a Temu para que esta plataforma me gestionara el reembolso.
Al no recibir el dinero, me puse en contacto con el servicio de atención al cliente de Temu. Tras varios días de reticencias, de recibir unicamente respuestas roboticas por parte de Temu poniendome día tras día en espera de forma sistemática, les hice saber que incurrian en una apropacion indebida y que procedería a reclamar de otro modo ya que llevaban 16 días dando respuestas roboticas. Cabe mencionar, que contacté con ellos mediante su pagina web casi diariamente y en varias ocasiones telefonicamente sin que sirviera de nada.
Destaco igualmente se han dedicado ha cerrar las reclamaciones y unificarlas en una sola alegando que eran reclamaciones similares y que se tratarian todas en la primera (ID del ticket: 1779127156186359) no siendo así finalmente porque solo se resolvió la correspondiente al paquete con seguimiento 67679050, dejando lo demás sin resolver.
Tras hacerles saber que estaban incurriendo en una apropiacion indebida al estar cobrando por duplicado, Temu procedio a reembolsarme lo correspondiente a la devolucion del seguimiento 67679050, pero no reembolsó lo correspondiente al otro paquete perdido con numero de seguimiento 67564108.
Por su parte, al reclamar a InPost, la empresa de transportes se niega a abonarme nada a mí, alegando que ellos ya han cumplido contractualmente al indemnizar a Temu y que es el vendedor quien debe reingresarme el dinero. Además, InPost se ha negado a facilitarme un documento oficial con el resultado de su investigación.
Cabe destacar que dispongo de una prueba documental definitiva: un correo electrónico remitido por la propia empresa InPost donde me confirman explícitamente y por escrito que el paquete ha sido declarado como perdido y que ya han procedido a emitir la indemnización económica directamente a Temu. Esto demuestra que Temu está cobrando por duplicado (se queda con la indemnización del transporte y con el dinero de mi compra), incurriendo en un enriquecimiento injusto a mi costa.
Como consumidora, he cumplido escrupulosamente con el procedimiento de devolución. No es mi responsabilidad el contenido de los acuerdos comerciales internos entre Temu e InPost.
El resultado actual es que InPost ha perdido mi mercancía, Temu ha recibido una indemnización por dicha pérdida y yo me encuentro sin los productos y sin el reembolso de mi dinero 135,22 €).
Como condumidora he cumplido en tiempo y forma con la entrega del producto al transportista designado por el vendedor (InPost). Según el Artículo 124, una vez entregado el bien al transportista del comerciante, el riesgo de pérdida se traslada a la empresa. La falta de reembolso tras más de 14 días naturales desde la notificación de desistimiento activa el derecho a exigir el reembolso del doble de la suma adeudada por retraso injustificado, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios
Petición concreta:
Solicitud de reembolso duplicado por retraso injustificado en ejercicio del derecho de desistimiento
Habiendo transcurrido sobradamente el plazo legal de 14 días naturales establecido por la legislación vigente sin que se haya hecho efectivo el reembolso de mis fondos, pongo en conocimiento de este organismo y de la parte reclamada los siguientes fundamentos de derecho:Cumplimiento por parte del consumidor: El producto objeto de devolución fue entregado en tiempo y forma al transportista designado por el vendedor (InPost)
A partir de dicho momento, según el régimen general de riesgos de transporte, el consumidor queda liberado de toda responsabilidad sobre el paquete.Incumplimiento de plazos legales: El vendedor está obligado a devolver las cantidades abonadas sin retención de gastos y antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha de notificación del desistimiento. A día de hoy, ese tiempo ha sido mas que superado, el paquete fue perdido, el vendedor fue informado e indemnizado para reembolsarme haciendo caso omiso sin recibir el importe.
Solicitud de la suma duplicada:
En virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del Artículo 76 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), el cual dictamina textualmente que:"En caso de retraso injustificado por parte del empresario respecto a la devolución de las sumas abonadas, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada (270,44), sin perjuicio de su derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad."Por todo lo expuesto,
SOLICITO:Que se proceda a sancionar e instar a la empresa a reintegrarme, no la cuantía original, sino el doble del importe total abonado debido al evidente, prolongado e injustificado retraso en la gestión de mi reembolso.
En Guadalajara, a 9 de junio de 2026.