Estimados/as señores/as:
Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Jose Martí de La Habana, al de Madrid-Barajas, que tenía su salida a las 20:50 horas del día 16 del mes de abril de 2025, por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 11:50 horas del día 17 de abril, con un coste de 1321,32€.
Nº de pasajeros: 2
Llegado el día y hora de salida de mi vuelo, me presento en el aeropuerto y se me comunica que se me deniega el embarque por sobreventa (" overbooking") y NO me recolocan en ningún otro vuelo ni nos prestan asistencia de alimentación ni alojamiento.
Adjunto los siguientes documentos: factura billete de Havana- Madrid, factura y tarjeta de embarque Madrid Tenerife Norte (perdimos la conexión de este vuelo por esta incidencia), factura nuevo billete que tuvimos que comprar Havana- Tenerife Norte, hoja facilitada por la compañía con la denegación de embarque.
SOLICITO: la compensación que reconoce la legislación europea teniendo en cuenta el impacto psicológico con pernocta en el suelo del aeropuerto de la Havana, dificultades de compra de un nuevo billete y retraso en la llegada a nuestro domicilio habitual.
Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que:
Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza
Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea