Empresa reclamada:
Flexicar Murcia
Dirección: Av. Arquitecto Miguel Ángel Beloqui, 9, 30007 Murcia
Ñ
EXPONE
Con fecha 9 de febrero de 2026 adquirí un vehículo usado en el establecimiento Flexicar Murcia, siendo entregado el mismo día a las 12:30 horas.
A las 15:30 horas, es decir, apenas tres horas después de la entrega, comuniqué a la comercial del establecimiento que el neumático delantero presentaba una reparación lateral en el flanco que se encontraba fisurada y en proceso de apertura.
El vehículo únicamente había recorrido un trayecto de 77 km desde el concesionario hasta mi domicilio, por lo que dicho defecto no puede atribuirse a un uso posterior ni a desgaste ordinario.
El defecto consistía en una reconstrucción o reparación exterior en el flanco del neumático delantero, zona estructuralmente sensible, apreciándose fisuración visible y deterioro del material añadido, comprometiendo la seguridad del vehículo.
Asimismo, el neumático trasero del mismo lado también presentaba daños visibles (marcas y pellizcos compatibles con impacto previo). Por motivos estrictamente de seguridad, procedí a la sustitución inmediata de ambos neumáticos del mismo lado, conservando los neumáticos retirados y la factura correspondiente por importe total de 264 €.
El concesionario manifestó que el vehículo había sido revisado previamente y que los defectos no existían en el momento de la entrega, negándose a asumir la sustitución en garantía.
Además, el vehículo fue entregado con una sola llave, sin haber sido informada previamente de la ausencia de la segunda llave.
SOLICITA
Que se declare la existencia de falta de conformidad en el vehículo entregado.
Que Flexicar Murcia asuma el importe de la sustitución de ambos neumáticos defectuosos (264 €), procediendo a su reintegro en mi cuenta bancaria
Que se proceda a la entrega de la segunda llave original o, en su defecto, al abono del coste de su duplicado y codificación.
Todo ello en el marco de la garantía legal aplicable a la compraventa de vehículos usados entre profesional y consumidor, presumiéndose que los defectos existían en el momento de la entrega conforme a la normativa de protección de consumidores.