Muy Sr. míoHabiendo llamado por teléfono, solicite que se me pasaran de nuevo, todas las facturas y contratos realizado con ustedes desde la fecha 01/01/2018 hasta la fecha 20/02/2021. Me informan de que no eso va ser posible, ya que cuando se concedía el préstamo , se genera automáticamente el envió del contrato a mi correo electrónico o vía SMS.Me es imposible encontrar dicha documentación y deseo que me la envíen a mi correo electrónico que les figura en su base de datos (mi...@hotmail.com) amparándome en el artículo 1 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación dice claramente que:Los empresarios o profesionales están obligados a expedir y entregar, en su caso, factura u otros justificantes por las operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, así como a conservar copia o matriz de aquellos.Igualmente, están obligados a conservar las facturas u otros justificantes recibidos de otros empresarios o profesionales por las operaciones de las que sean destinatarios y que se efectúen en desarrollo de la citada actividad.Asimismo, otras personas y entidades que no tengan la condición de empresarios o profesionales están obligadas a expedir y conservar factura u otros justificantes de las operaciones que realicen en los términos establecidos en este Reglamento.A la espera de su respuesta, atentamente, Jason Mikel.