Habiendo firmado contrato con Securitas Direct de los servicios de seguridad con Nº 5281018 y con fecha 15/09/2023, en un principio firmo el contrato con una permanencia de dos años.
En primer lugar, me gustaría cuestionar la cláusula abusiva de esos dos años de permanencia, que parecen ser innegociables e inamovibles bajo ninguna situación condicionante. Me explico, coloco la alarma porque me tengo que ir a trabajar fuera, pero al cabo de algunos meses sufro un accidente que me incapacita y me obliga a permanecer en casa (haciendo uso nulo del sistema de alarma). Por tanto, y dada que mi situación , y sufriendo recortes en mi economía, contacto con la empresa para ver si se podría rescindir el contrato bajo estos condicionantes o postponer los cargos y la permanencia para más adelante cuando, por suerte, me pudiese recuperar. Cuál es mi sorpresa que la respuesta es negativa, no hay nada que hacer. Me parece asombrosa que este tipo de contratos no contemple ninguna cláusula que permita ser flexibles en este tipo de situaciones, cuando es una realidad limitante que sería totalmente condicionante ante cualquier administración.
Por otro lado, espero fielmente a los dos años de permanencia pagando religiosamente todas mis facturas, y faltando un mes para que se acabase, mando el correspondiente email para solicitar que no renuevo el contrato. Contacta conmigo una comercial, y me comenta que aunque sí que se me han acabado los dos años de permanencia, hay una cláusula en donde, con letra minúscula y sin identificar el número entre paréntesis y en negrita como sí han hecho con otros datos numéricos anteriores, se especifica que por los equipos que me instalaron "gratuitamente" al principio, debo de estar 36 meses pagando la quota. Equipos, que por lo que he leído, no te sirven sino para operar con ellos. Comento que les devuelvo los equipos en perfecto estado, ya que encima, solo me van a ser útiles si continúo pagando los servicios de ellos, pero no, no los quieren; los muestran como una "condena" para que el cliente siga atados a ellos pagando por unos equipos que solo trabajan a su merced.
Además y para terminar, cuando te instalan el quipo va un comercial instalador a evaluarte la vivienda para hacer supuestamente un estudio sobre dónde es más conveniente instalarte los detectores y demás. Si lees el contrato, te exponen que este trabajo tiene un valor de unos 700€ aproximadamente ( y te adjuntan unos "planos" que son unos garabatos mal dibujados). Ni yo, que soy técnica puedo justificar un cargo de 700 euros por unos planos que son correctamente serigrafiados y medidos. Por no obviar, que no sabemos los estudios de esos chicos que justifican el cargo de esos 700€, ni si tienen antecedentes penales o no como para meterse en tu casa... En fin... una serie de incongruencias muy dispares a las que no paran de ponerle costos y no baratos precisamente.
En definitiva, mi queja principal deriva en las cláusulas abusivas de permanencia que esta compañía tiene, en las que no se valoran circunstancias especiales del consumidor (como la enunciada en el primer párrafo), y en las que con letra pequeña te cuelan en el contrato permanencias eternas vinculadas a unos dispositivos que por mucho que pagues no dejarán de ser de ellos, porque solo responden ante ellos como empresa, que además, son ellos los que los valoran con precios bastante elevados en relación a lo que hay en el mercado, etc... ¿Hasta qué punto esto es legal?
Por favor, agradezco asistencia legal. En las redes no paran de haber quejas sobre esta situación, y aún así es una práctica recurrente en esta compañía.