Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

A. E.

A: NATIONALE NEDERLANDEN

26/12/2025

El parte PR25117052 Tego un problema con la antena de la vivienda y no se ven los canales de televisión, esto ocurre desde el dia 17 de diciembre,, tras dar parte al seguro y confirmarnos que si entraba en la cobertura se pusieron en contacto con nosotros la empresa antenista dándonos hora para el servicio, hoy dia 26 nos han enviado un Mail diciendo que no nos cubre, nos sentimos engañados, ya que en las coberturas del seguro si se encuentra la antena de la vivienda. Añado el mail recibido y el mail mío de respuesta

Mensajes (1)

Asistencia solicitada 13 enero 2026

NATIONALE NEDERLANDEN

A: A. E.

16/01/2026

Reclamación n.º 1-4596877774-1 Póliza n.º 291.08728862 Siniestro n.º PR25117052 Estimado Sr. Esparza: En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES, y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha recibido en este Servicio de Atención de Reclamaciones el escrito adjunto mediante el que expone disconformidad con la actuación de la Aseguradora. Tras el análisis del caso, procedemos a trasladarle las siguientes aclaraciones en relación con las coberturas aplicables al hecho declarado. Los daños comunicados se originaron debido a las inclemencias meteorológicas registradas en la zona, caracterizadas por precipitaciones y viento, que afectaron a la antena del riesgo asegurado e impidieron la correcta recepción de la señal de televisión. En primer lugar, es importante tener en cuenta que no todos los sucesos que pueden producirse en una vivienda están amparados por una póliza de hogar. A efectos de cobertura, únicamente se consideran siniestros aquellos daños materiales accidentales provocados directamente por alguno de los riesgos expresamente cubiertos en la póliza (como incendio, humo, explosión, impacto directo de rayo, daños eléctricos, entre otros). En relación con la garantía “Agua de lluvia”, incluida en el Capítulo 1 “Servicios y garantías que le proporciona su HogarSeguro”, apartado “1.1. Coberturas sobre su vivienda”, le recordamos que esta cobertura protege exclusivamente los daños producidos por la entrada de agua de lluvia en el interior de la vivienda o edificaciones secundarias. En este caso, no se ha producido afectación interior, por lo que esta garantía no resulta aplicable. Por otro lado, se ha revisado igualmente la garantía “Viento”, que esce que para que exista cobertura deben registrarse rachas superiores a 64,8 km/h, según la medición del Centro Meteorológico Zonal más cercano. Tras comprobar los datos correspondientes a la fecha del siniestro, le comunicamos que no se registraron velocidades superiores a dicho umbral, motivo por el cual esta garantía tampoco resulta de aplicación. Por todo lo anterior, lamentamos comunicarle que se mantiene la decisión de rechazar el siniestro por falta de cobertura, al no cumplirse los requisitos escidos en la póliza. No obstante, si persiste su disconformidad, le indicamos que puede dirigirse al Defensor del Asegurado, ‘D.A. Defensor Cl Velázquez, 80, 1º D, 28001 MADRID’ o enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@da-defensor.org, quién actuará como tercero independiente en la resolución de la reclamación emitiendo un dictamen que tiene carácter vinculante para la Compañía Aseguradora. Atentamente, Servicio de Atención de Reclamaciones NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E.


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