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Clausula abusiva: contratación de excursiones

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

A. G.

A: MSC CRUCEROS

31/07/2021

Buenas tardes,Traslado esta reclamación en relación a una cláusula que establece la empresa MSC Cruceros, en la que indican que solo permitirán el desembarco en los puertos de escala a los pasajeros que contraten las excursiones de la propia naviera:- Si quieres bajar del barco, podrás hacerlo solamente participando en una de nuestras excursiones organizadas (https://www.msccruceros.es/es-es/Medidas-Salud-Higiene.aspx)Sin embargo, la normativa de entrada de viajeros de los países en los que el barco va a realizar su atraque, aceptan la entrada de viajeros a sus fronteras, siempre y cuando presenten el pasaporte Covid. Por ejemplo, Francia: desde el 1 de julio, el Certificado Digital UE Covid permite viajar dentro de la Unión Europea. El Certificado puede incorporar una prueba de estar vacunado o el resultado de una PCR negativa. (https://es.ambafrance.org/Covid-19-lo-que-hay-que-saber-antes-de-viajar-a-Francia).También Italia: las personas provenientes de España que deseen entrar en territorio italiano deberán aportar uno de los siguientes certificados, que podrán ser solicitados en el embarque o en posteriores controles sanitarios:- Certificado de vacunación completa, expedido con una antelación de al menos 14 días. (http://www.exteriores.gob.es/Consulados/ROMA/es/Consulado/Paginas/FAQ%202019%20-%20Adri%C3%A0/Otras-Informaciones.aspx).Por lo que la cláusula que establece MSC, entra en conflicto con la libre circulación de viajeros, aceptada por los países de destino. Se considera el barco medio de transporte como podría ser avión, tren u otra clase de vehículos.Esta cláusula es abusiva y con un ánimo de lucro desmedido, sin dar alternativas al viajero.Reclamo que la naviera desista de esta medida y se acoja a la normativa de los países en los que va a realizar las escalas.Quedo a la espera de vuestra respuesta.Saludos.

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MSC CRUCEROS

A: A. G.

02/08/2021

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