Barcelona, 16 de septiembre de 2024Estimados Srs.,Contactamos con Uds. con el fin de responder a su comunicación de fecha 5 de septiembre de 2024, remitida en relación con su vehículo.Sin perjuicio de que su comunicación no identifica el vehículo que Ud. adquirió, indicarle que el mismo no fue adquirido en el período en que acontecieron los hechos sancionados por la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia de 23 de julio de 2015, en el expediente S/0482/13, Fabricantes de Automóviles, en lo atinente a la marca Audi.No obstante lo anterior, incluso en el escenario en que dicho vehículo hubiera sido adquirido en el ámbito temporal cubierto por la Resolución, negamos que se haya ocasionado daño alguno, contrariamente a lo alegado en su comunicación.En cualquier caso, la acción que ejercita está prescrita, por lo que rechazamos que su carta surta los efectos previstos en el artículo 1973 del Código Civil.Por último, nos reservamos expresamente las acciones y argumentos, materiales o procesales, de oposición a sus pretensiones.Agradeciendo su atención, reciban un cordial saludo,Atención al cliente Audi.--------------- Mensaje original ---------------De: [reclamar@ocu.org]Enviado: 5/09/2024 12:30Para: atencioncliente@audi.esAsunto: Nuevo mensaje de JAVIER C thread::KBK6zjtDKuKce4mOSmyVeXM::