Estimados/as señores/as:Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Alicante al de Amsterdam, que tenía su salida a las 10:40 horas del día 7 del mes de Diciembre de 2023 por lo que la llegada normal a Amsterdam debería haber tenido lugar a las 13:30 horas del día 7, con un coste de 1153.92 EUR ya que se trataba de 4 billetes de avión, contando la IDA con la VUELTA.Adjunto los siguientes documentos: Imagen1 de los adjuntosNº de pasajeros: 4Con mas de 4 horas de retraso con respecto a la hora de salida programada, se me ha comunicado, la cancelación del trayecto contratado. La compañía nos ofreció (vía mail) otro vuelvo con escala (el nuestro no la tenía) para el día siguiente (día 8 dic 2023), esa opción la rechazamos, en el propio email venía la opción de declinar esa opción, en la que nos indicaba que si lo hacíamos recibiríamos el importe total de nuestro vuelo original, tanto la ida como la vuelta. De la misma que forma que el personal del aeropuerto nos indicó lo mismo, al cancelar esa opción se nos devolvía todo. Cuando procedimos a declinar esa opción nos llega un mail en el que se nos dice que nuestro dinero será devuelto, pero para sorpresa nuestra, se nos indica que se nos devolvía el dinero del vuelo que nos ofrecían como alternativa (solo la ida). Es decir, nos iban a devolver el dinero de un vuelo que no habíamos pagado, que no era el nuestro. Adjunto mail: Imagen2LLamamos a la compañía y nos dijeron que ya no se podía hacer nada que ya habiamos rechazado esa opción y que no se podía hacer nada. perdiendo todo nuestro dinero del vuelvo original (tanto la ida como la vuelta). Nos abrieron el numero de caso: 08225066, el cual se nos tenía que haber resuelto en 7 días, y no ha sido así. Finalmente, nos vemos en la situación que hemos perdido el dinero de nuestro vuelvo original y que, además, tampoco nos han pagado el otro (que no era nuestro vuelo).SOLICITO el reembolso del importe de los billetes. 1153.92 EUR + el dinero de facturación y elección de asientos. Un total de: 1513,75 EURSin otro particular, atentamente.Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que:o Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suizao Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea