Estimados/as señores/as:
Me pongo en contacto con ustedes porque, después de una serie de encadenar algunas apuestas ganadoras, el pasado mes de junio recibí un mensaje de Bet365 comunicándome que en cinco días iban a cerrar mi cuenta.
Este es el mensaje:
"En virtud del apartado 4.4 (b) de nuestras Condiciones generales, y del artículo 85.4 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, le informamos por la presente que en cinco (5) días (lo que supone 120 horas) desde la fecha de este comunicado, su contrato de juego quedará rescindido y, consecuentemente, se cerrará su cuenta de usuario de forma definitiva."
A lo largo de los siguientes días, traté de ponerme en contacto con atención al cliente, pero no me proporcionaron más información.
Respecto a lo que dicta la cláusula 4.4 que ellos mismos citan, en ningún momento he solicitado el cierre de mi cuenta y también hay que añadir que el “derecho de Bet365 a cerrar o suspender el registro de usuario de un cliente en cualquier momento" ya venía incluido en otras cláusulas que han sido declaradas como abusivas (y anuladas) en varias sentencias judiciales.
Tal disposición contradice lo dispuesto en el art. 1256 del Código Civil en virtud del cual la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
SOLICITO que, al no haber justificación alguna para el cierre de la cuenta, y tras agotar la vía de atención al cliente, que se me reestablezca la cuenta y se me reconozca mi derecho a poder participar como cualquier otro apostante.
Sin otro particular, atentamente.
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