Después de un robo con violencia en mi hogar que me deja traumatizada, contrato los servicios de Securitas Direct, pero debido a los numerosos poroblemas técnicos y el no funcionamiento correcto de la alarma, decido dar de baja el servicio a los 7 días de su instalación. Me dicen que no es posible, que la permanencia que he firmado es de 2 años. Así que a pesar de mi descontento, continuo con ellos hasta el cumplimiento del vencimiento de dicha permanencia. Tras enviar la solicitud de baja del servicio, se ponen en contacto conmigo para decirme que si bien la permanencia es de 2 años, el alquiler de equipos es de 3 años por lo que, a pesar de mi descontento, debo seguir pagando 1 año mas.
A pesar de que se me confirmó hasta en 3 ocasiones que mi obligación con ellos era de 2 años, leo en la letra pequeña del contrato la cláusula sobre los 3 años del equipo. Para mi asombro, también encuentro la clausula de derecho al desestimiento en los primeros 15 días si no se está contento con el servicio.
Securitas, ignorando mi derecho a desistir en los primeros 15 días, me negó mi derecho a darme de baja.
Aunque debería reclamar un reembolso por las cuotas de estos dos años que me han obligado a permanecer con ellos, me niego a pagar 1 día mas de servicio una vez vencido este plazo que vencía en diciembre del 24.
Ruego den de baja mi contrato con ellos y rompamos la relación comercial que tenemos sin que se me reclame un céntimo mas de lo ya injustamente abonado.