El pasado 15 de Marzo del 2018, me llamaron de Cambridge Institute S.L para ofrecerme una beca para sus estudios. Me presenté y accedí a obtener dicha beca. No obstante, se dice que le beca va en función del nivel de la renta y allí no te piden nada para saber el nivel de renta que tienes. Así como, se habla de una prueba de nivel para elegir el curso... solo te ponen un papel delante para que digas que nivel tienes y se proceden los trámites para venderte el curso e idioma que tú quieras.Por motivos de imposibilidad de efectuar el pago me vi obligado a romper el contrato con Cambridge Institute y me ajusté al periodo de devolución que marcaba la financiera, SeQura, para romper el contrato con dicha institución. De un total de 14 días naturales a partir de la firma del contrato. Procedí a avisar a la financiera el día 17 de marzo mediante correo electrónico y me contestaron que avisarían a la institución para que dentro de esos 14 días se diera de baja el curso. Posteriormente, recibí por parte Cambridge Institute una llamada en la que se me comunicaba que la única opción que tenía era pagar. No se procedió a la cancelación del curso ni a ningún otro trámite, sin remitirme ninguna notificación. Una semana después, el 22 de marzo, volví a escribir al departamento de Facturación que dicen que es el que se encarga de tramitar las bajas y no recibí ningún tipo de respuesta a ese correo electrónico.No fue hasta tiempo después, el 15 de abril, cuando procedí nuevamente a tratar de anular definitivamente todo lazo con Cambridge Institute. No obtuve ningún tipo de respuesta. Hasta que en Junio decidí llamar de nuevo a Cambrigde Institute. Me emplazaron a una cita telefónica ese mismo día en la que me comunican que me da igual tu situación económica y no lo cancelo después de tanto tiempo y no lo cancelo por que no me da la gana.Días después, el día 6 de junio, después de haber iniciado otra vez una serie de contactos con Cambridge Institute, recibo un correo electrónico como respuesta al enviado el 15 de abril. En el que concluyen que mi pretensión es desistir unilateralmente del contrato, como figura en el apartado c) de derechos y deberes del alumno presentes en el contrato. Sin embargo, mi situación se puede adherir y se adhiere al apartado d) del mismo documento en el que se dice el impago por parte de un alumno, facultará a Cambridge Institute Group S.L. a la resolución del presente contrato.El día 11 de junio vuelvo a escribir a Cambridge Institute para decirles que no tengo capacidad económica para pagar el importe y me responden el día 13 de junio, diciéndome que todo contrato celebrado en el establecimiento mercantil carece del derecho de a desestimiento del mismo. Indicación que se contradice con la posibilidad de rescindir el pago cuando la entidad financiera que lo cobra, SeQura, y con quien hice el pago otorga 14 días de desestimiento a partir de la firma del contrato.Esta incongruencia entre ambas instituciones ha abierto un espacio de confusión en el que ahora me veo atrapado.El 15 de Junio les comunico esta incongruencia entre ambas entidades y su respuesta es comunicada el 21 de Junio y me dicen que la institución no procede a la cancelación de su (mi) curso y además me indican que debe realizar su curso o cedérselo a terceras personas.Posteriormente envío dos correos a Cambrigde Institute los días 22 y 24 de junio en los que trato de explicarles el agravio comparativo que supone saber que hay otros alumnos a los que si se ha procedido a la anulación de la matrícula sin mayor complicación. Llegados a este punto me pongo en contacto con la OCU para tratar de resolver este asunto.