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acceso con comida

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

J. B.

A: CINESA

04/07/2025

Cada vez que he acudido ultimamente a sus cines, concretamente en xanadu, me han impedido acceder con comida del exterior al cine, cuando ya se sabe y es publico que esta totalmente permitido y ellso tienen prohibido limitar el acceso. los cines tienen una actividad principal que es el pase de material audiovisual, por lo que no pueden imponer otra actividad asesoría como la venta de productos alimenticios, siendo ésta una práctica abusiva. Se podría prohibir el consumo de alimentos en las salas, pero no exclusivamente de los que son comprados fuera del establecimiento. ya hay jurisdicciones sobre esto, 30.000 euros es la cantidad que la cadena de cines Yelmo tendrá que abonar por no dejar meter palomitas ni bebidas, compradas fuera, en sus salas Megapark y Atea. Así lo ha dictado Kontsumobide (Instituto Vasco de Consumo). La denuncia fue interpuesta por FACUA y EKA-Acuv el pasado mes de enero, después de que la empresa cinematográfica prohibiese desde primeros de año la entrada en sus establecimientos de productos comprados en el exterior. la proxima vez que se me impida el acceso con comida del exterior, denunciare, igual que si me encuentro en la cola de entrada a alguien a quien se lo prohiban, tambien lo denunciare directamente, ante la ocu, con hoja de reclamaciones y judicialmente.

Mensajes (3)

CINESA

A: J. B.

04/07/2025

Tu solicitud (483198) se ha actualizado. Si necesitas añadir más información, responde por favor a este e-mail. Jordi (CINESA) 4 jul 2025, 15:48 CEST Buenas tardes, Jesús En la Comunidad de Madrid, la prohibición de consumir en las salas de cine alimentos o bebidas adquiridos fuera del propio escimiento (salvo acreditación de alergia o intolerancia alimentaria no cubierta por la oferta de restauración del cine) se encuentra debidamente anunciada mediante cartel colocado en la entrada del cine, así como mediante el correspondiente texto informativo en la web y la app de CINESA, y se corresponde con el ejercicio del derecho de admisión, de acuerdo con lo escido en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid (Artículo 24). Al ser una competencia comunitaria, en otras comunidades, por ejemplo Euskadi, la legislación es diferente. De todas maneras, puedas encontrar hojas de reclamaciones en nuestros cines. Solo tienes que pedirlo y te la entregarán para que la rellenes. Atentamente, Reclamar 4 jul 2025, 12:00 CEST acceso con comida: ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Este correo electrónico es un servicio de CINESA. Entregado por Zendesk [LX1YPM-E5Z63]

J. B.

A: CINESA

04/07/2025

Buenas tardes, Jordi: Gracias por su respuesta. Entiendo que se acogen al derecho de admisión en base al artículo 24 de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. Sin embargo, me gustaría puntualizar que dicho artículo hace referencia a causas objetivas y justificadas para limitar el acceso, siempre que estén debidamente anunciadas, pero no especifica que esté permitido restringir el consumo de alimentos externos como norma general. De hecho, la interpretación generalizada de esta normativa, amparada por varias resoluciones de organismos de consumo, establece que no se puede prohibir la entrada de alimentos o bebidas del exterior si no suponen un riesgo sanitario o de seguridad. Limitar esta posibilidad podría considerarse una cláusula abusiva y una vulneración de los derechos de los consumidores, especialmente si la oferta alimentaria del establecimiento es limitada o de precios excesivamente elevados. Entiendo que la ley puede ser interpretada de distintas formas, pero como consumidor tengo derecho a reclamar cuando considero que una práctica no es justa. Por ello, solicito que me faciliten el acceso a la hoja de reclamaciones en formato digital o me indiquen cómo proceder para presentarla formalmente, ya que me gustaría elevar esta situación a Consumo para su valoración. Gracias por su atención. Un saludo

Asistencia solicitada 04 julio 2025

CINESA

A: J. B.

05/07/2025

Tu solicitud (483444) se ha actualizado. Si necesitas añadir más información, responde por favor a este e-mail. Jordi (CINESA) 5 jul 2025, 10:30 CEST Buenos días, Jesús Puedes encontrar hojas de reclamación en todos nuestros cines. Solo tienes que solicitarlo a cualquiera de los empleados del cine y te ayudarán. Atentamente, Reclamar 4 jul 2025, 16:30 CEST Nuevo mensaje de JESUS B: ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Este correo electrónico es un servicio de CINESA. Entregado por Zendesk [LX15G3-95743]


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