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4 meses para arreglar el coche, con atestado favorable.

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Retraso

Tu reclamación

F. B.

A: AXA Seguros

24/02/2025

El 24 de octubre de 2024 una bicicleta impactó contra mi coche. El parte de la Guardia Urbana de Barcelona me daba la razón. Estuve semanas pidiendo a Axa que reclamara el atestado (yo lo tenía pero quería que hicieran su trabajo) y me decían que el atestado estaba en blanco. Cuando al final me dicen que el atestado declara culpable a la otra persona, en Navidades, llamo para que reclamen a la parte contraria para que me arreglen el coche. De eso hace ya dos meses, y todo son “se lo paso al tramitador”. El périto cifró en 1500€ las reparaciones. No me creo que una compañía contraria, si es que no es Axa, se niegue a pagar eso, con el riesgo de acabar pagando más si vamos a juicio. Además, me renueva el seguro en marzo y no puedo cambiarlo porque tengo el siniestro en trámite. Hace 4 meses ya. Tenía ya un contrato preparado con otra compañía, a todo riesgo con frq de 200 euros, más barato que el todo riesgo de AXA, y por temor a que no se me repare el coche, lo he tenido que paralizar. Me parece lamentable que se tarden 4 meses en defender adecuadamente al cliente. Cuando el atestado deja clara la culpable. Cuando son solo 1500 euros, y cuando he tenido que llamar infinidad de veces durante estos cuatro meses. Me siento desprotegido, porque teniendo un atestado favorable, y siendo un coste de 1500 euros, no creo que tenga que estar llamando cada 48 horas y no conseguir nada. Nada!

Mensajes (2)

AXA Seguros

A: F. B.

27/02/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciado/a Sr/Sra. Le trasladamos la información sobre la reclamación que planteó al Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros, donde nos comentaba su disconformidad en la actuación de la compañía, relacionada con su póliza y/o siniestro: Nº póliza: 88105698 Nº siniestro: Nº referencia: 04285261 Fecha de presentación: A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de Marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de pruebas que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto que plantea, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada oportunamente y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Teléfono 952 24 99 82 En ese caso, puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la web pública de la DGSFP. Saludos cordiales, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca. ref:!00D580avYq.!500Sj0EubrP:ref

AXA Seguros

A: F. B.

26/03/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciados Sres. Les informamos sobre el escrito que enviarona este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones. Tras realizar las comprobaciones correspondientes pudimos verificar que el expediente está en trámite y pendiente de resolución. Por parte del departamento de Protección Jurídica se ha informado al Asegurado que con fecha 20 de marzo se ha comunicado mediante escrito alcausante de los daños la reclamación de los mismos, encontrándose a la espera de su decisión. Por todo ello, les comunicamos que el expediente esta pendiente de resolverse, siendo el departamento de Protección jurídica el encargado de informar al asegurado de la resolución final. Saludos cordiales, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca. --------------- Mensaje original --------------- De: No-reply AXA [no--reply@axa.es] Enviado: 27/02/2025 13:54 Para: reclamar@ocu.org Asunto: @@REF_ID@7bd0c0ac37cdc677d8@REF_ID@@ Referencia: 04285261 ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciado/a Sr/Sra. Le trasladamos la información sobre la reclamación que planteó al Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros, donde nos comentaba su disconformidad en la actuación de la compañía, relacionada con su póliza y/o siniestro: Nº póliza: 88105698 Nº siniestro: Nº referencia: 04285261 Fecha de presentación: A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de Marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de pruebas que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto que plantea, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada oportunamente y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Teléfono 952 24 99 82 En ese caso, puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la web pública de la DGSFP. Saludos cordiales, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca. ref:!00D580avYq.!500Sj0EubrP:ref


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