Informe

¿Qué tengo que hacer si sufro acoso laboral?

El acoso laboral es una forma particular de hostigamiento que trata de desgastarte para que abandones tu puesto voluntariamente. ¿Qué deberías perseguir como víctima? Que el acoso cese, que se compense el daño causado o, al menos, que la salida de la empresa esté indemnizada. Y es que por desgracia, para no sufrir daños psicológicos irremediables, dejar el trabajo puede ser lo más aconsejable. OCU te enseña a identificar el acoso, a distinguirlo de otras fuentes de malestar en el trabajo y a reaccionar para contener los daños y, si es posible, repararlos.

Editora:
15 junio 2026
Acoso laboral

Otros malestares que se dan en el trabajo

El trabajo puede ser una fuente de malestar físico y psíquico para el trabajador por muy diversas razones, y conviene separar el acoso de las demás.

  • Algunos trabajadores, por ejemplo, pueden sentirse acosados cuando el empresario les da órdenes que no comprenden o no comparten, aunque sean legítimas.
  • También hay personas que padecen el llamado “síndrome del trabajador quemado”, un cuadro clínico que resulta de la mezcla de muchos ingredientes desagradables entre los cuales, pese a todo, no se encuentra el acoso: falta de motivación, falta de reconocimiento, desgaste por repetición de tareas...
  • Ídem para el estrés sostenido o el mal ambiente laboral generalizado: aunque arruinen la felicidad del trabajador, no siempre serán señal de acoso.
  • Por último, la empresa puede ser el escenario de otros delitos denunciables como el acoso sexual, pero el factor “laboral” solo entrará en juego si además se dan otras circunstancias, como que el acoso sexual tenga por fin hacer desistir de su puesto al acosado, o que la empresa conozca el hecho y no intervenga.

mobbing o acoso laboral

Volver arriba

Un jefe o un compañero que desean hacer daño

El acoso laboral se manifiesta con la adopción de medidas y actitudes que buscan causar daño y empujar al acosado a quitarse de en medio voluntariamente. Según quién lo practique, la finalidad puede ser diferente; por ejemplo, ahorrarse despidos e indemnizaciones (si el acosador es el dueño de la empresa) o sacarse de encima a la competencia (si es un compañero que aspira al puesto del acosado).

Por eso, el acoso no es delito de un día, sino que tiene lugar de forma sostenida y regular, ya que se trata de ir minando la resistencia del trabajador. ¿Cómo?

  • Es típico hacer una organización injusta del trabajo, que ponga al acosado en una situación extrema: por ejemplo, cargándolo con tareas imposibles de cumplir, asignándole tareas inútiles, degradantes, repetitivas, peligrosas, inferiores a su categoría profesional... O incluso vaciando su puesto de contenido y dejándolo sin nada que hacer.
  • A menudo, se busca aislar socialmente a la víctima, impidiendo que se relacione con sus compañeros, que asista a reuniones o que disponga de medios de comunicación, como el teléfono.
  • Se intenta desprestigiar al acosado poniendo en duda sus cualidades personales, su salud mental, su valía profesional, etc., a menudo difundiendo rumores falsos.
  • En el peor de los casos, se pasa a las agresiones físicas o verbales (insultos, amenazas...).

Todo ello es perseguible pues atenta contra los derechos de la persona a la dignidad, a la integridad física y moral, al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen... 

Además, todas las empresas sea cual sea su tamaño, tienen la obligación de proteger la seguridad, la integridad física y la salud de los miembros de su plantilla, impuesta por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y por el Estatuto de los Trabajadores.

Volver arriba

Qué pedir: cese indemnizado, daños morales...

El acoso, especialmente cuando lo practican los “mandamases”, abre un panorama bastante negro para el trabajador, ya que suele ser difícil probarlo y los testigos son casi siempre otros trabajadores que temen enemistarse con la empresa y sufrir represalias a su vez.

El empresario, además de responsable de sus actos, también es responsable del acoso que cualquier empleado practique dentro de su empresa, si lo conoce por quejas del propio acosado o de terceros que se lo hagan saber, y no toma cartas en el asunto.

Si sufres acoso y crees que la empresa es culpable por acción o por omisión (o sea, directa o indirectamente), podrías actuar contra ella, pero conviene que contactes con un abogado laboralista que te ayude a valorar tus posibilidades de éxito y a determinar qué compensación mereces.

En principio, podría optar por varias cosas:

  • Puedes pedir unilateralmente la extinción de tu contrato de trabajo y reclamar la misma indemnización que acompaña el despido improcedente, alegando que el empresario ha incumplido gravemente sus obligaciones, pues no te ha proporcionado unas condiciones de trabajo adecuadas.
  • Si lo que ha pasado es que te han despedido como punto final de una historia de acoso, quizás puedas pedir que el despido se declare nulo, por haberse vulnerado, según el caso, tu derecho a la dignidad, a la integridad física y moral... Si prospera la impugnación y tienen que readmitirte, te deberán pagar los salarios dejados de percibir. Si la readmisión es inviable o lesiva para tu dignidad, también podrías optar por abandonar la empresa recibiendo dichos salarios más la indemnización propia del despido improcedente (queda a voluntad del trabajador cuando ha habido acoso laboral o sexual).
  • Además, y esta opción es compatible con las anteriores, puedes formular una demanda por el “procedimiento especial de tutela de derechos fundamentales”, para que se anulen la medidas en las que el acoso se esté materializando (por ejemplo, un traslado hecho con intención de castigarte) y se reparen las consecuencias. Es decir, por esta vía podría pedir una indemnización por los daños y perjuicios derivados del acoso que puedan cuantificarse: gastos debidos a la atención psicoterapéutica o la elaboración de informes psicológicos, ingresos perdidos por bajas laborales, ingresos dejados de percibir por frustración de expectativas laborales...
  • Por último, recuerda que una baja por enfermedad (por ejemplo, por depresión) puede achacarse a una contingencia común, cuando quizás se deba al acoso laboral, que es una contingencia profesional. La diferencia es importante, pues las prestaciones son más generosas si la contingencia es profesional. Si crees que se ha hecho una calificación errónea del origen de tus males, puedes solicitar una revisión de la causa, aunque tampoco es fácil lograr que la cambien. 
Volver arriba

Cómo reaccionar, paso a paso

1. Mantén la calma: No devuelvas insultos o provocaciones. Podría ser la excusa para hacerte un despido disciplinario y por lo tanto, sin derecho a indemnización.

2. Haz un intento amistoso: Si el acoso no procede de la propia cúpula directiva, sino de mandos intermedios o compañeros, haz un primer intento de solución amistosa y busca la ayuda de la dirección. Además, al avisar de una forma que quede constancia, sentarás las bases para reclamar después, si se ignora tu petición de ayuda.

3. Usa el protocolo, si lo hay: Muchas empresas, especialmente si su tamaño es mediano o grande, tienen previsto un protocolo contra el acoso. Si en tu empresa hay uno, puedes estudiarlo y ponerlo en marcha.

4. Recurre al comité de empresa: Si en tu empresa hay representación de los trabajadores o comité de empresa, pide su ayuda. También puedes usar los servicios de orientación de los sindicatos.

5. Guarda pruebas: Conserva todas las pruebas que puedas:

  • Comunicaciones escritas como cartas, correos electrónicos, wasaps, SMS...
  • También valen las conversaciones grabadas en secreto con el móvil, siempre que seas uno de los interlocutores (no puedes grabar conversaciones totalmente ajenas sin permiso).
  • Los informes médicos acerca de procesos derivados del acoso, como contracturas, depresión, ansiedad... pueden ser útiles. Lo ideal sería que reconocieran el vínculo del problema con el trabajo.
  • Testimonios de compañeros, clientes y otras personas que puedan avalar tu versión.

6. Denuncia a la Inspección: Puedes poner una denuncia a la Inspección de Trabajo, adjuntando las pruebas de las que dispongas. El inspector puede hacer una investigación y pedir explicaciones a la empresa.

7. Abogado... y psicoterapeuta: Valora tus posibilidades de ir a juicio con un abogado laboralista y, mientras tanto, trata de cuidar tu salud, idealmente con ayuda psicológica profesional. No te aísles. Comenta la situación con familiares, amigos, compañeros de trabajo... Y si no ves manera de defenderte, el abandono del trabajo puede ser preferible a la destrucción psicológica grave o irreversible.

 
Volver arriba

Recomendado para ti