Jubilados y parados podrán beneficiarse de las deducciones por familia numerosa

Más gente podrá beneficiarse de las deducciones por familia numerosa. Ahora también será posible para desempleados y jubilados que formen parte de una familia numerosa (o que tengan a su cargo personas con discapacidad), así como para familias monoparentales con al menos 2 hijos.
Hacienda y familia numerosa
La reforma del IRPF, que entró en vigor el 1 de enero de 2015, introdujo nuevas deducciones por familia numerosa y por personas con discapacidad a cargo.
Pero dejaba fuera a colectivos con las mismas cargas familiares pero que no cotizan a la Seguridad Social, como los parados o los jubilados. Para solucionar esto se ha modificado la norma, ampliando los beneficiarios a:
- familias monoparentales con al menos 2 hijos
- desempleados y jubilados que sean parte de una familia numerosa o tengan a su cargo personas con discapacidad.
Estas deducciones podrán aplicarse al hacer la declaración de la Renta 2015 (recuerda: es la que se presenta en 2016) o podrán percibirse por anticipado.
Las solicitudes de pago anticipado pueden presentarse por cualquiera de estas vías:
- Llamar a la Agencia Tributaria: 901 200 345 (te preguntarán el importe de la casilla 415 de la declaración de 2013).
- Desde su página web: necesitarás DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve-PIN.
- Yendo en persona a la Agencia Tributaria: tienes que presentar el formulario 143 cumplimentado.
El plazo para solicitar el pago por anticipado de las deducciones familiares de enero, febrero y marzo se ha ampliado para todos los beneficiarios hasta el 31 de marzo.
La reforma del IRPF, que entró en vigor el 1 de enero de 2015, introdujo nuevas deducciones por familia numerosa y por personas con discapacidad a cargo.
Pero dejaba fuera a colectivos con las mismas cargas familiares pero que no cotizan a la Seguridad Social, como los parados o los jubilados. Para solucionar esto se ha modificado la norma, ampliando los beneficiarios a:
- familias monoparentales con al menos 2 hijos
- desempleados y jubilados que sean parte de una familia numerosa o tengan a su cargo personas con discapacidad.
Estas deducciones podrán aplicarse al hacer la declaración de la Renta 2015 (recuerda: es la que se presenta en 2016) o podrán percibirse por anticipado.
Las solicitudes de pago anticipado pueden presentarse por cualquiera de estas vías:
- Llamar a la Agencia Tributaria: 901 200 345 (te preguntarán el importe de la casilla 415 de la declaración de 2013).
- Desde su página web: necesitarás DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve-PIN.
- Yendo en persona a la Agencia Tributaria: tienes que presentar el formulario 143 cumplimentado.
El plazo para solicitar el pago por anticipado de las deducciones familiares de enero, febrero y marzo se ha ampliado para todos los beneficiarios hasta el 31 de marzo.