Solicitud de rectificación de la autoliquidación y de devolución de ingresos indebidos
Rectificación de la autoliquidación
Si encuentras algún error en la autoliquidación, presenta una solicitud de rectificación para que pueda procederse a la devolución de la diferencia restante.
SR. JEFE DE LA DEPENDENCIA DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA DELEGACIÓN DE/ SR. ADMINISTRADOR DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ......
D. ...... (Indicar nombre y datos), mayor de edad, con NIF ...... y domicilio en ...... calle/plaza ....... nº ......, piso ....... comparece y, como mejor proceda,
DICE
Primero. Que en fecha ...... de ....... de ..... (Indicar momento de la presentación de la declaración) presentó autoliquidación por el concepto tributario ...... (IRPF) del ejercicio ...... resultando una cantidad a pagar/devolver de ....... euros, según declaración y carta de pago cuyas fotocopias adjunta.
Segundo. Que en dicha autoliquidación se ha apreciado error consistente en ...... (Indicar en qué consiste el error que motiva la rectificación) por cuanto que ......, estimándose en consecuencia incorrecta.
Tercero. Acompaña como prueba los documentos ......, nº ...... y nº ......
Cuarto. Que verificada la corrección que se propone resultaría una liquidación ajustada a derecho con cuota a devolver de ...... euros. (Indicar cantidad correcta)
Quinto. Que conforme a los artículos 120.3 y 221 de la Ley General Tributaria,
SOLICITA:
Que teniendo por presentado en tiempo y forma este escrito y documentos que se acompañan, los admita y considere presentada solicitud de RECTIFICACIÓN de la AUTOLIQUIDACIÓN de referencia, así como devolución de ingresos indebidos de la diferencia resultante entre la declaración correcta y la errónea, por importe de ......euros más los intereses de demora que legalmente correspondan 2, mediante transferencia a la cuenta ....... (Indicar nº de cuenta bancaria).
En ......, a ...... de ....... de .......
(Firma)
Fdo: (Nombre y apellidos)
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Se puede solicitar la rectificación siempre que la Administración Tributaria no haya practicado liquidación definitiva o provisional por el mismo motivo y siempre que no hayan transcurrido cuatro años contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la declaración (si se presentó dentro del plazo reglamentario) o desde el día siguiente a haberla presentado (si se presentó fuera de dicho plazo). Si después de seis meses no le contestan, puede entenderla desestimada y presentar reclamación económico-administrativa reiterando la petición.
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Para calcular los intereses de demora, se distinguen dos casos:
- Si la autoliquidación errónea condujo a pagar un importe superior al que correspondía, Hacienda paga el interés de demora sobre la diferencia que cobró indebidamente, desde la fecha en que se realizó el ingreso indebido hasta la fecha en que ordena el pago de la devolución (no cuentan las dilaciones en el procedimiento causadas por el interesado).
- Si la autoliquidación errónea condujo al contribuyente a recibir una devolución menor de la que le correspondía, sólo tendrá derecho a intereses de demora sobre la diferencia, si solicita la devolución y transcurren más de seis meses sin que se ordene su pago, por causa imputable a la Administración tributaria.
Cuando la rectificación se solicita antes de acabar la campaña de renta, el plazo de seis meses empieza a contarse a partir de la finalización del plazo para la presentación de la autoliquidación (normalmente el 30 de junio).
Cuando la rectificación se solicita después de acabar la campaña de renta el plazo de seis meses se cuenta a partir de solicitud de rectificación.