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RETENCIÓN INJUSTIFICADA DE 50000€ Y AUSENCIA TOTAL DE RESPUESTA TRAS DESESTIEMIENTO LEGAL EJERCIDO

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Desistimiento

Tu reclamación

C. C.

A: Caravanas Osito SL

06/05/2026

EMPRESA RECLAMADA: OSITO CAMPER VAN S.L. CIF: B98916463 C/ Masía de San Antonio nº 3 46184 San Antonio de Benagéber (Valencia) EXPONEMOS 1. Compra de la autocaravana y pago íntegro El día 17 de abril de 2026 acudimos a la Feria de Valencia, donde se firmó un pedido de autocaravana Sun Living V60 SP Family, entregando 2.000 € en el stand como señal. Ese mismo día se procedió al pago total del vehículo (50.000 €): 23.000 € mediante transferencia desde la cuenta de JGM y 25.000 € desde la cuenta de su cónyuge, CCF. Antes de realizar el pago completo, se nos indicó verbalmente que la autocaravana se encontraba en sus instalaciones de La Pobla de Vallbona y que sería trasladada a la feria para poder verla. Sin embargo, la autocaravana nunca fue trasladada ni mostrada, enseñándose únicamente otra unidad similar, indicándose expresamente que no se trataba de la unidad objeto del pedido. 2. Falta de disponibilidad real del vehículo y ausencia total de entrega Posteriormente se nos indicó que podríamos acudir a La Pobla de Vallbona para verla, indicación que fue descartada alegando que ya no había personal en las instalaciones. Más tarde se nos dijo que la visita sería el martes 21 de abril de 2026, pero el lunes 20 de abril se nos comunicó telefónicamente que la autocaravana se encontraba alquilada del 15 al 22 de abril de 2026, circunstancia no informada antes del pago total. En consecuencia, el vehículo no estaba disponible en el momento de la venta, nunca tuvimos acceso ni posibilidad de inspeccionar la unidad concreta adquirida, y el consentimiento se prestó bajo una información inexacta y omitida. 3. Intento de desistimiento presencial y negativa de la empresa El 21 de abril de 2026 acudimos personalmente a sus instalaciones para entregar un documento de desistimiento. El responsable comercial y un trabajador de gerencia nos indicaron que no tenían contrato de desistimiento, que no iban a firmar el nuestro y que únicamente aceptarían comunicación por burofax. 4. Ejercicio formal del derecho de desistimiento por burofax (22 de abril de 2026) El 22 de abril de 2026 remitimos un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo a OSITO CAMPER VAN S.L., ejerciendo el derecho de desistimiento al tratarse de una venta realizada fuera de establecimiento mercantil (Feria de Valencia) y solicitando la devolución íntegra de los 50.000 € abonados, en el plazo máximo legal de 14 días naturales desde la recepción del burofax. En dicho burofax se hacía constar, además, que los hechos vulneran, entre otros, los artículos 60, 68, 69, 97, 102 y 118 de la LGDCU, así como los artículos 1261, 1265 y 1266 del Código Civil, dando lugar a la resolución del negocio jurídico y a la obligación de restitución íntegra de las prestaciones conforme al artículo 1303 del Código Civil. 5. Incumplimiento del plazo legal de 14 días y ausencia total de respuesta A día de hoy, 6 de mayo de 2026, se han cumplido los 14 días naturales desde la recepción del burofax de desistimiento, sin que: * Se haya efectuado la devolución de los 50.000 €. * Se haya recibido respuesta alguna por parte de la empresa. La empresa no ha contestado al burofax, ni ha ofrecido explicación, solución o propuesta, lo que consideramos un acto de mala fe y un incumplimiento claro de sus obligaciones como empresario conforme al artículo 76 del TRLGDCU, que regula las consecuencias del incumplimiento del plazo de reembolso. 6. Actuación de la OMIC y falta de colaboración de la empresa Hemos acudido a la OMIC, desde donde se remitió una comunicación a la empresa reclamada. Consta que la empresa ni siquiera ha abierto dicho correo/notificación, evidenciando una falta absoluta de colaboración con los mecanismos de resolución de conflictos de consumo. 7. Envío de un segundo burofax en fecha 6 de mayo de 2026 Ante el incumplimiento del plazo legal y la ausencia total de respuesta, en fecha 6 de mayo de 2026 hemos remitido un segundo burofax a OSITO CAMPER VAN S.L., requiriendo nuevamente la devolución de los 50.000 € y advirtiendo de que, en caso de no producirse el reembolso, se iniciarán acciones legales inmediatas, incluyendo las previstas en el artículo 76 TRLGDCU, así como reclamación de intereses legales y costas.


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