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Reclamación por falta de conformidad, vicios ocultos y omisión de información relevante en compraven

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Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

A. S.

A: Belencars

07/05/2026

Con fecha 21 de mayo de 2024 formalicé la compraventa de un vehículo con la mercantil Belencars Automoción S.L., actuando en calidad de consumidor final. En el momento de la adquisición, el vendedor omitió informarme de que el vehículo había sido destinado previamente a autoescuela, circunstancia que constituye una característica esencial del bien, al incidir directamente en su valor de mercado, vida útil y condiciones de uso. Dicha omisión supone un incumplimiento del deber de información precontractual establecido en los artículos 60 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007, siendo esta información determinante para la decisión de compra. Con posterioridad, al intentar vender el vehículo, he tenido conocimiento de dicha procedencia, constatando que profesionales del sector rechazan su adquisición o, en su caso, ofrecen un valor significativamente inferior, generando un perjuicio económico cierto, directo y evaluable. Asimismo, se ha producido un incumplimiento adicional por parte del vendedor al no hacer entrega en el momento de la compraventa de la ficha técnica del vehículo, documento obligatorio, habiendo tenido que solicitarla posteriormente ante la Dirección General de Tráfico, lo que evidencia una falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Igualmente, el vehículo ha presentado diversas averías desde su adquisición, presumiblemente relacionadas con su uso previo intensivo, lo que podría constituir la existencia de vicios ocultos en los términos previstos en el Código Civil, así como una falta de conformidad del bien conforme a los artículos 114 y siguientes del citado texto legal. Tras comunicar estos hechos al establecimiento vendedor, este rehúsa asumir responsabilidad alguna, alegando desconocimiento de la procedencia del vehículo y derivando la responsabilidad al comercial interviniente en la operación, actualmente desvinculado de la empresa, lo cual no exime en ningún caso a la mercantil de su responsabilidad frente al consumidor conforme a la normativa vigente. En consecuencia, los hechos descritos suponen un incumplimiento de las obligaciones legales de información, así como una posible falta de conformidad del bien y la existencia de vicios ocultos, con el consiguiente perjuicio económico para esta parte. SOLICITUD Por todo lo expuesto, SOLICITO que se admita la presente reclamación y se inicien las actuaciones de mediación correspondientes, a fin de que la parte reclamada asuma la responsabilidad derivada de los incumplimientos señalados. En particular, solicito que se declare la falta de conformidad del vehículo conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, así como la existencia de vicios ocultos y la omisión de información esencial en el proceso de contratación. Como medida de reparación, solicito, de conformidad con la normativa aplicable: La resolución del contrato con devolución íntegra de las cantidades abonadas, o subsidiariamente Una reducción proporcional del precio mediante compensación económica adecuada al perjuicio sufrido Todo ello, junto con cualquier otra medida que resulte procedente para el pleno resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados. La presente reclamación se formula sin perjuicio del ejercicio de cuantas acciones legales pudieran corresponderme en derecho, incluida la vía judicial.

Mensajes (1)

Asistencia solicitada 07 mayo 2026

Belencars

A: A. S.

13/05/2026

Buenos días. No es cierto lo que ud relata en su reclamación, y no estamos conformes con que se diga que el vehículo comprado tiene vicios ocultos que lo hace inhábil para el uso para el que fue adquirido. Y todo ello, por lo siguiente: 1.- No es cierto que tras la compra se hayan detectado determinadas irregularidades. La compraventa del vehículo se efectuó el 21/05/2024 y ud está reclamando el 07/05/2026, esto es, casi 2 años después, por lo que esas supuestas irregularidades no aparecieron tras la compra, sino 2 años después. 2.- Ud afirma que se le ha ocultado un uso previo del vehículo como coche de autoescuela, lo cual es falso. Belencars adquirió el vehículo a la mercantil MMAUTOUSED SL, sita en Santiago de Compostela, dedicada a la compraventa de vehículos, y no lo adquirió a ningún taxista. De todas formas, cualquier persona puede consultar el historial de un vehículo en el Registro de la DGT, por lo que Belencars ninguna información ha ocultado. 3.- Toda la documentación del vehículo se le entregó en la formalización del contrato. De hecho, si no se le entrega, no podría haberlo puesto a su nombre en la DGT, por lo que es falso lo que comenta, y todo ello sin perjuicio de que no nos está indicando cual es esa documentación concreta que dice que no se le ha entregado. 4.- En cuanto a la supuesta aparición de defectos mecánicos, igualmente, no se nos indica cuales son esos defectos, Y lo cierto es que existe una total incongruencia con lo que ud reclama en el burofax y la reclamación de consumo, ya que en esta última indica que quiere resolver el contrato porque lo quiere vender y no encuentra comprador, no quiere resolver el contrato por la existencia de unos supuestos defectos mecánicos. Por todo ello, no aceptamos su reclamación. Gracias El jue, 7 may 2026 a las 17:45, reclamar@ocu.org escribió:


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