ALEGACIONESPrimera: Recibo dia 02/04/2019 una carta/notificación de resolución acerca de una multa a fecha del 20/06/2018. En ningún momento se me envió la multa para poder beneficiarme del 50% de descuento al pagarlo en los siguientes días. En la notificación de resolución no se adjunta la imagen de la infracción.Los datos de la infracción son:Nº expediente: 15756/2018, fecha de alta: 15/10/2018, oficina de alta: 9950 – UNIDAD DE SANCIONES DE TRÁFICOOficina de destino: 9950 – UNIDAD DE SANCIONES DE TRÁFICOTipo: 24 – Expedientes de tráficoSubtipo: OR - OrdinarioSegunda: Tras recurrir la multa (con un recargo de 15 euros adicionales a los 300 euros de base de multa), recibo una segunda carta/notificación el día 09/07/2019, yéndola a buscar el día 10/207/2019 a la oficina de correos (es decir, 3 meses después de haber recurrido la multa, que según nos comentaron, al superar los 2 meses de espera, es “silencio administrativo”) en la cual dicta la resolución de que tengo que pagar 315 euros de multa. La carta data del 06/06/2019 y la recibo el dia 10/07/2019 (más de un mes de tardanza).Tercera: Por si fuera poco, además, en dicha carta/notificación consta como último dia para realizar el pago el 11/072019, es decir, solo 1 dia de margen para poder pagar tal cantidad. La multa fué pagada para evitar más recargos, por ello recurro la multa nuevamente.