Yo, Laura Soto García, con DNI 71.553.232-W y domicilio en calle Carrera, 25 de San Justo de la Vega, León, me dirijo a esta Institución para presentar una reclamación contra la empresa Hoteles RH, en concreto Hotel RH Corona del Mar (Benidorm), por una posible vulneración del derecho a la accesibilidad y a un trato discriminatorio hacia personas mayores con movilidad reducida, ya que he realizado una reserva para mis progenitores, personas mayores, 79 años de edad, y considero que se están incumpliendo derechos reconocidos en la Constitución Española y en la legislación española en materia de igualdad, consumo y protección de personas con discapacidad o necesidades especiales.
EXPONGO
El día 22 de octubre de 2025 realicé la reserva número 0191438 en el Hotel RH Corona del Mar, a través de la página web oficial de la cadena Hoteles RH. La reserva es para dos personas mayores de 79 años con movilidad reducida, quienes, por razones de seguridad, requieren de forma imprescindible, por NECESIDAD, una habitación con plato de ducha para poder acceder a la higiene diaria sin riesgo de caída.
Antes de realizar la reserva contacté telefónicamente con el departamento comercial de Hoteles RH, en concreto con Iván Montalbán, a quien pregunté expresamente si era posible garantizar una habitación con plato de ducha debido a la movilidad reducida de las personas que se alojarían. El señor Montalbán me aseguró que sí sería posible y que él mismo lo gestionaría, motivo por el cual procedí a efectuar la reserva confiando en su palabra.
Posteriormente, contacté directamente con la recepción del hotel para confirmar este compromiso. Adjunto las pruebas de esta comunicación mediante capturas de pantalla y correos electrónicos. Sin embargo, el hotel me respondió que no pueden garantizarme una habitación con plato de ducha, alegando que tienen políticas internas que impiden asegurar este tipo de necesidades. Cabe destacar que esta negativa se produce a pesar de haber realizado la reserva con más de siete meses de antelación.
He insistido reiteradamente para obtener una explicación y una solución, pero la respuesta de la empresa se limita a decir que no pueden garantizar la accesibilidad solicitada. Además, no se me ha informado de ninguna política específica que contemple el trato y atención a personas mayores o con movilidad reducida, ni se me ha propuesto alternativa razonable alguna, como establece la normativa sobre ajustes razonables en materia de igualdad de acceso.
Considero que esta actuación puede constituir una discriminación indirecta hacia personas con movilidad reducida y vulnera derechos fundamentales recogidos en el artículo 14 de la Constitución Española (igualdad y no discriminación), así como la normativa vigente que protege los derechos de las personas con discapacidad o necesidades especiales: Real Decreto Legislativo 1/2013 (Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad), Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007) y normativa autonómica aplicable en materia turística y de consumo.
SOLICITO
Que se abra expediente informativo y realice las actuaciones oportunas ante Hoteles RH para esclarecer los hechos y requerir a la empresa el cumplimiento de la normativa de accesibilidad y trato digno a personas con movilidad reducida.
Que se inste a la empresa a ofrecer una solución efectiva y razonable, que incluya:
La garantía de que se respetará la necesidad sanitaria y de accesibilidad solicitada, asignando una habitación con plato de ducha en las condiciones acordadas.
Información clara y verificable sobre su política de accesibilidad para personas mayores o con necesidades especiales.
Que se valoren posibles actuaciones ante las autoridades de Consumo y Turismo de la Comunidad Valenciana por si existieran indicios de mala praxis comercial o trato discriminatorio hacia personas mayores o con movilidad reducida.