A LA ATENCIÓN DEL SR. GERENTE DE HERMA INNOVACIÓN:1. Con fecha 3/08/2022 D. JA, se puso en contacto con la citada empresa (Herma innovación) a través de correo electrónico corporativo solicitando una valoración para la reparación de una humedad originada en la azotea de la vivienda unifamiliar. Para ello se enviaron fotos y fue evaluada por un empleado de dicha empresa.2. Tras las evaluaciones realizadas por técnico de la empresa se nos presentó, con fecha 15/09/2022, presupuesto para actuaciones sobre las azoteas del edificio, Número de presupuesto: P-2022-0077J.3. Tras revisar el contenido del presupuesto, prestaron conformidad por escrito los propietarios del presupuesto con fecha 15/09/2022. Quedando pendiente la presentación y firma del consecuente contrato de obra y servicio con aportación de materiales por parte de la empresa Herma Innovación, indicando la asignación de jefe de obra, finalidad de la contratación, plazos de ejecución y sistema de pago.Queda constancia de lo aquí expresado en el mail: “Luego, de tener la señal de confirmación, realizo el proceso administrativo de obra y asignamos la fecha de inicio de obra.”4. Que se nos indicó para el inicio de obra se debía adelantar el 30% de la cantidad presupuestada mediante transferencia a la sociedad instrumental unipersonal CASTILLA BUSINESS DEVELOPMENT S.L. 5. QUE DE BUENA FE, se realizó adelanto mediante transferencia el 15/09/2022 a la cuenta de Castilla Bussines Development S.L. la cantidad de 2451,33€.6. En correo electrónico remitido por secretario de la empresa el 19/09/2022 con copia a los jefes de obra se indica que el inicio de obras tendrá lugar el 21/11/2022.7. Que el 4 de Noviembre se pone en contacto con los solicitantes del servicio de reparación de humedad en azotea un arquitecto técnico colegiado en Valladolid, como nuevo jefe de obras del proyecto asignado por Herma innovación, tras haber dejado la empresa el anterior jefe de obras. Según nos dicen, el anterior técnico se ha llevado el ordenador con las características del proyecto y no se compromete a realizarlo en las condiciones previstas el 21 de noviembre. Nos indica además que él, como aparejador y responsable técnico de la obra, no ve adecuado ni ajustado a los requerimientos del Ayuntamiento la obra propuesta por el anterior equipo. Es por tanto la empresa Herma innovación a través de sus técnicos quienes cambian las condiciones del trabajo indicado en el presupuesto P-2022-0077J. 8. Pese al contratiempo, armándose de paciencia, los solicitantes y propietarios acceden a que reevalúe el proyecto y nos presente una alternativa acorde a los requerimientos del Arquitecto Técnico para la obtención del RESULTADO solicitado en correo electrónico original, esto es, la reparación de la azotea para eliminar humedad en pisos inferiores originada en la azotea.9. El presupuesto enviado por el aparejador el 30/11/2022 con fecha de creación 24/11/2022, con clave P-2022-0013A, EXCEDE el doble de lo proyectado inicialmente, para, según él, cumplir con los requerimientos técnicos exigidos por el Ayuntamiento de Simancas y el objetivo de resultado solicitado por los propietarios.10. Que, EN NINGÚN CASO, los propietarios han solicitado AMPLIACIÓN del proyecto inicial. Es a instancia del perito, en este caso el arquitecto técnico de Herma innovación el cambio de las condiciones del proyecto.11. Por tanto, y atendiendo a lo previsto en el artículo 1598 del Código Civil, es a instancia del juicio pericial correspondiente la falta de aprobación del Presupuesto P-2022-0077J. Ha sido Herma innovación quién a través de su perito ha invalidado dicho presupuesto.12. Los propietarios DESESTIMAN el presupuesto alternativo propuesto por excesivo y no acorde a las características iniciales y objetivo de resultado del proyecto, con fecha 13/12/2022.13. Dado que a fecha de la presente comunicación no se ha realizado ni presentado gasto alguno de las intervenciones previstas en el presupuesto P-2022-0077J. NO SE HA REALIZADO: 1 Picado solados y rodapie en terraza así como desescombro del mismo y transporte a contenedor. 2 M2. solado de terraza precio base 20. 3 Ml. De rodapie del mismo material. 4 colocación ladrillo tosco bajo tejadillo. 5 M2. enfoscado de ladrillo con mortero blanco bajo tejadillo. 6 Ml. Chapa plegada con desarrollo 380. incluido dos bajantes. 7 Ud limpieza e impermeabilización de bases de hormigón con pintura de poliuretano. 8 Instalación de línea de vida en prevención de caída. 9 Ud de plataforma articulada. 10 ud. Repaso de sellados en ventanas. 11 Ud. gestión de residuos y contenedor. Por tanto, no cabe la retención alguna de la cantidad abonada por los propietarios.14. La retención de cantidades abonadas por los propietarios por renuncia se considera abusiva por ley, ya que, según numerosas sentencias del TS, “si se hace de ese modo se genera falta de reciprocidad entre los derechos y las obligaciones de las partes”.SolicitudPor medio del presente documento dejo constancia escrita fehaciente de la solicitud de realizar, en un plazo de 10 días desde la fecha de recepción, el pago del importe íntegro retenido, que asciende al monto total de 2451,33 €, tras el incumplimiento de las condiciones de obra y servicio NO INICIADA, a instancia unilateral de Herma innovación.