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Problema con concurso de Instagram

Resuelta Pública

Central Lechera Asturiana

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Otro

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M. T.

A: Central Lechera Asturiana

08/10/2023

Hola, He participado en el Concurso de Instagram de la cuenta de Central Lechera Asturiana bajo el hashtag juntos por la cocina natural. Este concurso tenía unas bases legales publicadas en donde se especificaba que los concursantes no podían participar mediante vídeos con formato Reels. Una vez publicados los ganadores, se ha detectado que uno de los concursantes ganadores lo ha hecho mediante una receta grabada en formato Reels, incumpliendo así las bases legales del concurso. Véase el video del ganador:https://www.instagram.com/reel/Cu_rxkDo5s0/?utm_source=ig_web_copy_link&igshid=MzRlODBiNWFlZA==Asimismo, la empresa organizadora, conociendo que esta infracción pone en en entredicho la asignación de este ganador, ha retirado de la web dichas bases legales con el objetivo de que ningún participante pudiera detectarlo. Este ganador, ha sido por tanto, sospechosamente asignado por la empresa organizadora deseando obtener lucro por otros motivos. Posiblemente, debido a la gran cantidad de seguidores que tiene en comparación frente al resto de participantes.Por estos motivos, me siento molesto y decepcionado con la empresa organizadora y por ello quiero hacer esta reclamación pública. Esta Empresa tampoco ha atendido mis consultas acerca de este hecho que les he hecho llegar por el propio Instagram.

Mensajes (2)

M. T.

A: Central Lechera Asturiana

10/10/2023

Adicionalmente, quiero añadir que revisando nuevamente las bases del concurso, se especifica que no puede incluirse música en los videos si no se dispone de derechos de autor específicos. En el video del ganador en cuestión, se incluye un archivo de audio con música sobre los que aparentemente, no se tienen derechos de autor. Esto también sería una infracción cometida por el ganador designado y también se tiene que tener en cuenta en el proceso de reclamación.

Central Lechera Asturiana

A: M. T.

13/10/2023

Estimados Srs.,Que de conformidad con el procedimiento trasladado, damos respuesta por este mismo medio a la reclamación que el usuario reclamante, ha presentado a través de su servicio Reclamar.El usuario reclamante ya había contactado con esta parte a través del servicio de mensajería de la red social Instagram, una vez conoció el resultado del concurso de recetas Juntos por la Cocina Natural organizador por la entidad mercantil CORPORACIÓN ALIMENTARIA PEÑASANTA, S.A. (en adelante CAPSA). Como efectivamente ya se le ha comunicado con anterioridad y tal y como figura en las bases legales, la elección de ganadores se realizaba a través de un Jurado entre los vídeos que cumplían los requisitos y habían participado dentro del período objeto de la promoción.Uno de los requisitos era publicar laparticipación en el concurso en formato foto o Reels, de manera pública y accesible desde el feed del usuario, por lo que publicar únicamente en la sección Reels no estaba permitido en el concurso.En el caso del ganador del concurso, su video estaba publicado correctamente en el feed de su perfil, independientemente del modo de visualización. Si el video hubiese sido publicado únicamente en la sección Reels, no sería visible desde el feed del usuario. Respecto de lo indicado por el reclamante sobre la retirada de las bases legales, simplemente trasladar que es práctica habitual de las empresas organizadoras, retirar las bases tras un plazo prudencial, después de haber publicado los ganadores, para no generar confusión con la vigencia de las promociones. Siendo bases legales protocolizadas ante Notario previamente, lo que imposibilita su modificación, quedan archivadas y al alcance de todos en la web Ábaco (Archivo Notarial de Bases de Concursos), como servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado, con lo que siguen siendo accesibles en el enlaces:www.notariado.orgortal/documents/176535/23879101/073_098.pdf/. De nuevo el usuario adjunta el enlace a las bases, por lo que entendemos que no ha tenido problema en acceder a las Bases Legales aun después de finalizado el concurso.A la vez que esta reclamación, el reclamante también se ha puesto en contacto nuevamente con nosotros a través de la red social, incidiendo en otro posible incumplimiento que invalidaría al ganador, en este caso por haber incluido música en el video con el que participaba, argumentando que las Bases notariales impedían la utilización de música de la que los usuarios no fueran titulares. A este respecto, Instagram ofrece a sus usuarios la posibilidad de incluir música en las publicaciones, independientemente de la finalidad de la publicación, pudiendo seleccionar canciones de entre la selección que la propia red social pone a disposición del usuario, con lo que, quedando fuera de nuestro ámbito de responsabilidad estas opciones, entendemos que los derechos de autor de tales creaciones dependerán de los acuerdos alcanzados por la propia red social.A modo de conclusión, simplemente manifestar que las promociones, concursos o sorteos que CAPSA lleva a cabo, no tienen en ningún caso interés de lucro, sino única y exclusivamente pretenden promocionar y dar a conocer sus productos, interaccionando con sus consumidores y haciéndoles partícipes de nuestros objetivos de marca.En base a todo lo manifestado, nos es imposible atender a la demanda del reclamante de hacer una revisión de los ganadores, puesto que, a mayores de todo lo expuesto, y de conformidad con las bases notariales, los ganadores han sido seleccionados según el juicio mayoritario de los miembros del jurado, y por tanto la decisión está basada en el leal saber y entender de los mismos, recogiendo las propias bases que ante tal circunstancia no se admitirán reclamaciones relativas a la selección de las participaciones ganadoras.Lamentamos su malestar y esperamos haber respondido todas tus dudas.Corporación Alimentaria Peñasanta, S.A.Atención al Consumidor Dpto. Calidad y NutriciónLa gestión de su solicitud supone el tratamiento de sus datos con la finalidad de presentar una reclamación, realizar una consulta y/o solicitar información al servicio nutricional. Los datos recabados serán incorporados en nuestra base de datos. En cualquier momento podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, supresión y limitación del tratamiento de los datos previstos en el Reglamento General de Protección de Datos comunicándolo mediante escrito, con sus datos y adjuntando una copia del DNI, ante el Delegado de Protección de Datos de Corporación Alimentaria Peñasanta S.A. con dirección postal Sierra de Granda, s/n 33199 Granda Siero (Asturias) y dirección electrónicacomiteseguridad@capsafood.comEste mensaje de correo electrónico y sus documentos adjuntos están dirigidos exclusivamente a los destinatarios especificados. La información contenida puede ser confidencial y/o estar legalmente protegida. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que lo comunique de forma inmediata al remitente y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo, ya que está prohibido por ley el uso, revelación, distribución, impresión o copia de toda o parte de la información contenida en este mensaje sin previa autorización.


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