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PENALIACION POR BAJA ANTICIPADA

Resuelta Pública

COMERCIALIZADORA ADI ESPAÑA, S.L.

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J. R.

A: COMERCIALIZADORA ADI ESPAÑA, S.L.

08/01/2024

Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico suscrito con su compañía, En la factura, de la que adjunto copia, me han facturado en concepto de PENALIZACIÓN POR BAJA ANTICIPADA 160,43 € más el IVA correspondiente. Este cargo va en contra del contra del Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre. El Real Decreto 1435/2002, señala en su artículo 4.5 lo siguiente: “Las prórrogas de estos contratos podrán ser rescindidas por el consumidor con un preaviso de quince días de antelación, sin que proceda cargo alguno en concepto de penalización por rescisión de contrato.”En el caso en que, a causa del consumidor, se rescindiera un contrato antes de iniciada la primera prórroga, las penalizaciones máximas por rescisión de contrato, cuando ésta cause daños al suministrador, no podrán exceder el 5% del precio del contrato por la energía estimada pendiente de suministro. A este efecto, se empleará el método de estimación de medidas vigente para el cambio de suministrador.En mi caso, llevo más de un año como cliente de su compañía, por lo que SOLICITO: En primer lugar me aclaren en que ha podido perjudicar la rescisión de mi contrato a su compañía.Y en segundo lugar, que adopten las medidas oportunas para que se proceda a la devolución de lo cobrado indebidamente.Sin otro particular, atentamente.

Mensajes (1)

COMERCIALIZADORA ADI ESPAÑA, S.L.

A: J. R.

09/01/2024

S/REF: CPTES01948681-48N/REF: 24/000280Muy Sres. Nuestros,Acusamos recibo de su comunicación.Como pueden comprobar, la titular del contrato es la sociedad mercantil ROMINGHERS, S.L., la cual, dado su objeto social y, a tenor de lo dispuesto en el RDL 1/2007, no tiene la consideración de consumidor o usuario.Por otro lado, indicarles que las partes suscribieron contrato de suministro en fecha 08/02/2023, el cual fue resuelto anticipadamente por la mercantil ROMINGHERS, S.L., en fecha 10/11/2023, es decir, dentro del año de vigencia.Cualquier aclaración que precise la mercantil, podrá dirigirla directamente a ADI ENERGaA, a través de los canales puestos a su disposición en su contrato de suministro o en el presente pie de firma.Reciban un saludo.Q Antes de imprimir este mensaje, asegúrese de que es necesario. Proteger el medio ambiente también estáen su mano.AVISO DE CONFIDENCIALIDADEste correo y sus archivos asociados son privados y confidenciales y va dirigido exclusivamente a su destinatario. Si recibe este correo sin ser el destinatario del mismo, le rogamos proceda a su eliminación y lo ponga en conocimiento del emisor. La difusión por cualquier medio del contenido de este correo podría ser sancionada conforme lo previsto a las leyes españolas. No se autoriza la utilización con fines comerciales o para su incorporación a ficheros automatizados de las direcciones del emisor o del destinatario.De conformidad con lo escido en la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que si lo desea puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a través del email info@adienergia.com


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