OCU
Servicio de Atención al Cliente
Plaza Manuel Gómez-Moreno 5 – Planta 8ª
28020 - Madrid
cajamarsegurosgenerales@cajamarsegurosgenerales.es
Madrid, a 02 de septiembre de 2025
Nº/ referencia: R-2025/328
Referencia OCU:
Fecha recepción: 01/09/25
Siniestro: 9-9E-25-33609241/-
Presentador de la Reclamación: ROCIO RUBIO
Muy Sr/a. nuestro/a.
Conforme se esce en el artículo 15º. del Reglamento para la Defensa de Cajamar Seguros Generales:
“Son causas de inadmisión a trámite las siguientes:
Cuando se omitan datos esenciales para la tramitación no subsanables, incluidos los supuestos en que no se concrete el motivo de la queja o reclamación.
Cuando se pretendan tramitar como queja o reclamación, recursos o acciones distintas cuyo conocimiento sea competencia de los órganos administrativos, arbitrales o judiciales, o la misma se encuentre pendiente de resolución o litigio o el asunto haya sido ya resuelto en aquellas instancias.
Cuando los hechos, razones y solicitud en que se concreten las cuestiones objeto de la queja o reclamación no se refieran a operaciones concretas o no se ajusten a los requisitos escidos en el apartado 2 del artículo 2 de la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
Cuando se formulen quejas o reclamaciones que reiteren otras anteriores resueltas, presentadas por el mismo cliente en relación con los mismos hechos.
Operaciones, garantías o servicios prestados por la Entidad.
Cuando se declare la inadmisión a trámite de una queja o reclamación, por alguna de las causas indicadas, se pondrá de manifiesto al interesado mediante decisión motivada, dándole un plazo de diez días naturales para que presente sus alegaciones.”
De conformidad con todo lo anterior, le notificamos la no admisión a trámite de su notificación al no encontrarse suficientemente acreditada la relación de parentesco que mantiene la reclamante con el asegurado de la póliza (Libro de Familia, documento de representación,…), dándole un plazo de diez días naturales desde esta comunicación para que presente si desea las alegaciones al respecto.
Con apercibimiento de que, en caso de no atender el requerimiento efectuado se archivará la queja o reclamación sin más trámite.
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
TITULAR DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
Fdo. D.A. DEFENSOR
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