Estimados señores:
El pasado día 2 de junio de 2026 les comuniqué formalmente mi voluntad de causar baja voluntaria como usuario del centro, solicitando el cese de la relación contractual con efectos de 1 de julio de 2026.
Dicha comunicación se realizó respetando escrupulosamente el procedimiento establecido en sus propias condiciones contractuales, concretamente en la cláusula 3.a), que dispone:
"El Usuario podrá cancelar su pertenencia al Centro. Para ello deberá notificarlo por escrito a la Dirección del Centro, con al menos 15 días de antelación de la finalización del período de cobertura de la última tarifa pagada."
Habiendo presentado la solicitud el día 2 de junio, el plazo de preaviso exigido ha sido cumplido sobradamente.
He recibido su comunicación indicando que no procederán a tramitar la baja mientras exista una cuota pendiente correspondiente al mes de junio, extremo con el que manifiesto expresamente mi desacuerdo.
Las eventuales cantidades adeudadas y la tramitación de la baja constituyen cuestiones independientes. La cláusula 3.b), relativa a la obligación de abonar las cuotas pendientes, no otorga al centro la facultad de impedir o retrasar la efectividad de la baja correctamente comunicada dentro del plazo contractual.
De hecho, sus propias condiciones establecen en las cláusulas 4.a) y 5.b) que el impago de cuotas puede dar lugar a la resolución automática del contrato y a la pérdida de la condición de usuario, lo que evidencia que la existencia de una deuda no justifica el mantenimiento forzoso del alta ni la generación de nuevas cuotas.
Asimismo, les recuerdo que la normativa de protección de consumidores y usuarios impide establecer obstáculos desproporcionados al ejercicio del derecho de resolución contractual y prohíbe condicionar la baja al cumplimiento de requisitos no previstos expresamente o que resulten abusivos.
Por todo ello, les requiero para que:
1. Procedan a tramitar de forma inmediata mi baja definitiva con efectos de 1 de julio de 2026.
2. Cesen la emisión y el cobro de cualquier cuota correspondiente a períodos posteriores a dicha fecha.
3. Me remitan confirmación escrita de la baja y del cese de la relación contractual.
4. En caso de considerar que existe una deuda pendiente correspondiente al mes de junio, la reclamen por los cauces oportunos, sin supeditar a ello la efectividad de la baja solicitada.
Les advierto expresamente de que cualquier cargo emitido con posterioridad al 1 de julio de 2026 será objeto de devolución y de la correspondiente reclamación ante los organismos de consumo competentes.
Quedo a la espera de su confirmación por escrito.