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Estimados/as Sres./as de la OCU,
En relación con la reclamación presentada por la Sra. Olga Sancho referente a su estancia en nuestro complejo turístico Vistamar (Menorca), del 14 al 21 de junio de 2025, deseamos informar lo siguiente:
1. Alojamiento y condiciones.
La Sra. Sancho fue alojada en un apartamento tipo estudio en la tercera planta (máxima altura del edificio), con excelentes vistas al mar y aire acondicionado, cumpliendo plenamente con los estándares de su categoría turística (dos llaves). Este alojamiento fue asignado atendiendo además su petición expresa de estar en una planta alta, aunque no existía obligación contractual de hacerlo.
2. Intento de presión para mejora no contratada.
Desde antes de su llegada, la clienta solicitó insistentemente un upgrade gratuito a un apartamento superior (dos dormitorios o ático), alegando su vinculación profesional con el sector turístico. Esta petición no pudo ser atendida al no estar contemplada en la reserva y no haber justificación objetiva para ello.
3. Atención a su queja y segunda reubicación.
El día 18 de junio, tras quejarse de supuestos “ácaros visibles” en la ropa de cama (una afirmación sin base técnica ni científica, dado que los ácaros del polvo son organismos microscópicos), se le ofreció un segundo apartamento completamente limpio, desinfectado y con lencería recién tratada en lavandería profesional. A pesar de ello, la clienta rechazó trasladarse y continuó afirmando la presencia de “ácaros corriendo sobre las sábanas”, lo cual carece de sustento técnico verificable.
No obstante, con el objetivo de facilitar su bienestar, se procedió también a una segunda limpieza integral y cambio completo de ropa de cama en su apartamento original, cuyos costes asumió íntegramente el escimiento.
4. Asistencia y disponibilidad inmediata.
La clienta fue atendida en tiempo y forma por el personal de recepción, por la jefa de operaciones, y de manera personal e inmediata por el director general de la empresa el mismo día 18, sin necesidad de cita previa. La disponibilidad de asistencia fue en todo momento rápida, diligente y orientada al bienestar de la clienta.
5. Diagnóstico médico posterior.
La Sra. Sancho alegó haber sido diagnosticada de escabiosis (sarna). Según consulta médica directa con un facultativo local, esta enfermedad tiene un periodo de incubación de unas dos semanas y se transmite por contacto directo y prolongado con una persona infectada o ropa contaminada. Por tanto, resulta muy poco probable que el contagio se produjera durante su estancia en nuestras instalaciones.
6. Medidas adicionales tras su salida.
A pesar de todo, tras su marcha se procedió a una desinfección completa del apartamento, retirada de ropa de cama y baño en sacos separados para tratamiento especial, ventilación y cuarentena del alojamiento durante varios días.
7. Conducta inapropiada y presión injustificada.
Consideramos que la actuación de la Sra. Sancho, especialmente sus apelaciones constantes a su condición de profesional del sector turístico, buscaba ejercer una presión indebida sobre el escimiento con el objetivo de obtener mejoras no previstas en su reserva. No aceptamos este tipo de conductas ni abusos de posición profesional.
Conclusión:
Nuestro escimiento actuó con total diligencia, profesionalidad y buena fe ante una reclamación carente de base técnica, científica y contractual. Mantenemos nuestro compromiso con la calidad del servicio y la salud de nuestros huéspedes, y rechazamos cualquier intento de obtener ventajas mediante presiones o acusaciones infundadas.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional que estimen oportuna.
Atentamente,
Jesús F. Flórez
jesus.florez@hamiltoncourt.com
Director – Gerente – Aptos. Vistamar
www.playasantotomas.com
Tel. + 34 971 37 00 00
Fax. + 34 971 37 03 01
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De: reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org En nombre de reclamar@ocu.org
Enviado el: jueves, 3 de julio de 2025 12:46
Para: mossa@mossa.es
Asunto: Escabiosis en partamentos Vistamar Menorca