Estimado Cliente:
Muchas gracias por contactarnos a través del servicio de atención a clientes de Aeroméxico.
En relación a su queja, lamentamos los inconvenientes ocurridos en el vuelo AM 21 de Aeroméxico der MEX a MAD el día 23de febrerodel 2025.
Sin embargo, debemos informarle que, tras analizar su caso, no procede la compensación solicitada en los términos escidos en la normativa vigente.
El Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, no es aplicable en este caso, al tratarse de un vuelo con origen fuera de la Unión Europea operado por una compañía aérea no comunitaria.
Por lo tanto, lamentamos informarle de que no es posible atender su solicitud de compensación en esta ocasión.
Quedamos a su disposición para cualquier duda o información adicional que precise.
Reciba un cordial saludo,
Emilio Domínguez A.
Supervisor de Atención al Cliente.
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